Dimisión o renuncia
La Comisión de Credenciales no debe prolongar más la agonía de la defensora del pueblo. La vacancia constituye un clamor público que está obligada a refrendar sin más trámite la Asamblea Nacional de Diputados. La dimisión de Patria Portugal cae por su propio peso ante el cúmulo de evidencias reveladas por los contratos que suscribió por montos onerosos agravados por sus vagas finalidades.
Mientras el Ministerio Público investiga un posible dolo en los contratos, no puede aceptarse la incompetencia administrativa que traduce su gestión. No puede aceptarse la contratación de servicios privados informáticos para la creación de páginas web y otra clase de asesoramiento técnico cuando era procedente recurrir a la cooperación gratuita o de bajo costo de las entidades públicas especializadas en la innovación tecnológica. Tampoco es aceptable la contratación de asesorías para que los funcionarios de la Defensoría se entrenen en cómo atender a los usuarios, después de que la institución tiene más de diez años de actividades. En un presupuesto exiguo de funcionamiento administrativo, los recursos debieron invertirse en la defensa de los derechos humanos de múltiples sectores de la población.
La distorsión de los deberes prioritarios de la Defensoría del Pueblo es prueba suficiente para que la Asamblea destituya a la señora Portugal y la reemplace con alguien que tenga conocimientos básicos de esas funciones y, sobre todo, acreditada experiencia administrativa en la inversión de recursos presupuestales y recursos humanos, en forma equilibrada.
Este y otros antecedentes contribuyen a la revisión de la ley de la Defensoría del Pueblo. Una revisión para fortalecer los requisitos que deben normar el nombramiento de las personas naturales que aspiren al nombramiento por concurso abierto del defensor del pueblo. Una revisión a fondo para que la institución responda satisfactoriamente a las demandas de protección adecuadas en diversos planos sociales, jurídicos, económicos, ecológicos, y otros que procedan de consultas, reflexiones, iniciativas, de las organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil.
Puede debatirse en esta reflexión multilateral si la elección del defensor del pueblo debe provenir de un organismo de naturaleza política como la Asamblea Nacional de Diputados o si puede hacerse por vía de consulta popular. Por su origen histórico, la Defensoría del Pueblo debe resolver situaciones que la lleva a sistemáticas demandas y cuestionamientos de los poderes públicos, por lo cual es menester blindar su independencia ante el Estado y distanciar la institución de suspicacias o malos entendidos de subordinación o dependencia que minimice la autonomía.
En resumen, hay que reformar la ley creadora de la Defensoría del Pueblo, mas no limitarse al cambio de una persona por otra con idénticas limitaciones y dependencias. Las sugerencias de las ONG debieran ser fuente importante de consulta para propiciar una reforma legal integral. Los próximos días son cruciales para lograr cambios estructurales y no simplemente un mero reemplazo de personas.