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Discriminación

Por: Redacción 15/07/2014

La Constitución Política de la República de Panamá establece que “no habrá fueros o privilegios personales ni discriminación por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión o ideas políticas”. Sin embargo, la discriminación en cada uno de esos casos no tiene sanción penal para las personas naturales o jurídicas que, en el ámbito territorial panameño, ejecuten actos de discriminación.

El Ministerio Público ha presentado un proyecto de ley que adiciona al artículo 173 A del Código Penal la penalización de los infractores individuales y los financiadores de las violaciones de la garantía constitucional.

El proyecto de la Procuraduría, remitido a la Asamblea Nacional de Diputados, propone la penalización de la discriminación en los términos siguientes: “Quien discrimine a una persona o grupo de personas por razón de su raza, color, sexo, edad, idioma, religión, o convicción, opiniones políticas, origen nacional étnico o social, nacionalidad, discapacidad, será sancionado con pena de 2 a 5 años de prisión. “La pena se elevará de 3 a 7 años de prisión cuando la discriminación se ejecute utilizando violencia o amenaza”.

La iniciativa incluye edad, discapacidad, nacionalidad como fuentes de discriminación, que no contempla la Carta Política. Asimismo se pide adicionar al artículo 173 B sancionar a quien financie, subvencione, transfiera dinero, bienes y otros recursos para ejecutar actos de discriminación por los motivos antes expuestos.

La medida recomienda penas de 7 a 10 años de prisión, y el doble de años si la discriminación descrita es llevada a cabo por servidores públicos.

Este proyecto persigue claramente poner alto a los actos de discriminación perpetrados en forma directa o embozada tanto por raza o color de la piel, religión, como también por sexo, agregando otras modalidades discriminatorias por edad y discapacidad física, que suelen presentarse en el campo docente y laboral.

La medida podría significar la derogatoria de la ley Faúndes aplicada en la enseñanza universitaria pública para lo cual se debería añadir en la discusión del proyecto la petición explícita de la declaratoria de nulidad inmediata de las interpretaciones administrativas que contravienen su espíritu.

Desdichadamente se forzó el retiro por razones de edad a destacados catedráticos cuando los alumnos iban a aprovechar los frutos de la experiencia docente y la investigación académica.

No obstante, lo prescrito por la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la universalidad de los derechos humanos y la abolición de lo que represente discriminación étnica, género, religiosa, en Panamá se violan esos principios.

El proyecto del Ministerio Público tiene la finalidad de sancionar con prisión todas las abominables formas de discriminación en Panamá, y que el crisol de razas sea una efectiva realidad.

 

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Viernes 7 de agosto de 2026