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Educación sexual

Por: Redacción 07/12/2013

REDACCION / PANAMA AMERICA

Circulan insistentes rumores internacionales de que el papa Francisco estaría reconsiderando la postura tradicional de la Iglesia católica sobre la educación sexual en centros de enseñanza. Las informaciones extraoficiales coinciden con la divulgación de recientes estadísticas positivas de Onusida sobre los avances logrados en América Latina en la lucha contra el sida.

El director regional del programa de Naciones Unidas (Onusida) sobre el VIH, César Núñez, afirma que “esta es la región donde se reporta la cobertura más alta de tratamiento, arriba del 67%”. Brasil, Argentina, Colombia y México están en el grupo que tiene un 80% de promedio de cobertura, gracias a políticas de educación sexual de prevención del virus del VIH.

Se desconoce hasta qué punto los avances en el tratamiento podrían llevar a la revisión de la posición del Vaticano sobre la educación sexual en colegios. En verdad, la Iglesia no se opone tajantemente a la educación sexual. Su postura fue ratificada por Juan Pablo II en la exhortación apostólica “Familiaris consortio”, que postula que la educación sexual debe estar a cargo solo de los padres de familia ya que resulta preocupante el alto riesgo que la enseñanza, a través de los sistemas de enseñanza pública, desnaturalice el sentido del amor y la responsabilidad en niños y adolescentes, despertando el instinto natural en forma prematura sin reservas de orden moral.

Sin embargo, el crecimiento de las estadísticas de embarazos derivados de relaciones sexuales entre estudiantes adolescentes se erige en un problema social sin solución práctica a la vista, al igual que los contagios de VIH y enfermedades de transmisión sexual.

En Panamá se ha transformado en algo común que alumnas embarazadas concurran a los salones de clase y que no exista confianza en el mantenimiento económico de nuevas familias producto de amoríos estudiantiles. La guía sexual de los padres requiere la existencia de estructuras sociales estables contrariamente a lo que acontece en sectores populares de inestabilidad crónica por ausencia de padres. La mayoría de padres y madres de familias constituidas no recomienda a sus hijos el uso de condones o pastillas anticonceptivas, sino la abstinencia hasta llegar a la mayoría de edad matrimonial. El Ministerio de Educación no incluye en los programas la enseñanza sexual y el suministro de información sobre enfermedades contagiosas.

Otro frente de divergencias entre la Iglesia y autoridades civiles es representado por el aborto, que el Vaticano tipifica como un atentado a la vida humana. El ordenamiento legal panameño traza fronteras claras sobre el aborto provocado y el causado por actos delictivos o causas de salud. La mujer que cause su aborto o consiente que alguien se lo practique es sancionada con prisión de uno a tres años. El que provoque el aborto de una mujer con el consentimiento de ella será sancionado con prisión de tres a seis años. El Código Penal los tipifica como delito doloso. Sin embargo, no se aplicarán las penas señaladas si el aborto es consentido por la mujer víctima de violación carnal debidamente certificada por autoridad competente, o si el aborto consentido se debe a graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción.

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