Eje temático No. 2 – Eficacia y eficiencia de la justicia
Damas y Caballeros:
Hoy nos toca presentar nuestro trabajo sobre un tema extremadamente amplio, técnico y complicado. Peor aún, ante la coyuntura de una inseguridad galopante y frente a una ciudadanía hastiada de la corrupción, la impunidad y el letargo que parecen adornar a la justicia panameña. Falta de voluntad política, escasez presupuestaria o la nula coordinación entre un gobierno y otro, hacen imposible ejecutar los programas de modernización de la justicia en Panamá, entre otras cosas.
Ante la tragedia que sufre una familia amiga, decidimos participar en esta cruzada en un terreno para muchos de nosotros, completamente desconocido. No estoy ante ustedes como técnico en materias como la justicia, la criminología o los derechos humanos. Soy un ciudadano común que se unió a personas que saben algo o mucho más que yo sobre estos temas para tratar de digerir, interpretar, ordenar y finalmente transmitir un informe que contribuya en algún grado con el mejoramiento de la seguridad en Panamá.
Nos enfocamos en tres proyectos que pasamos a explicar muy brevemente.
El Sistema Acusatorio:
Existente en nuestro país a través de la Ley No. 63 de 2008, pero prorrogada su entrada en vigencia posteriormente, su implementación es inminente. Ante la positiva reinstalación de la Comisión Interinstitucional para su implementación, integrada por los Magistrados de la Corte, el Procurador General de la Nación, los Ministros de Seguridad Pública y Gobierno, Servicio Nacional de Migración, Instituto de Defensoría de Oficio y el Colegio Nacional de Abogados, entre otros, en dicho seno se deben coordinar acciones y designar responsables en diferentes componentes cómo el económico, la gestión judicial, la gestión fiscal, la defensa pública, las instituciones auxiliares, el ajuste de los modelos de gestión y de la nueva estructura procesal penal, la capacitación y la transparencia.
Además inciden en la puesta en marcha de este sistema factores como el presupuesto requerido, la ruta de implementación que se debe trazar, la necesidad de integrar la DIJ y la Dirección de Criminalística, la independencia progresiva de la defensa pública del órgano judicial, la integración de la sociedad civil en la comisión interinstitucional y la garantía de un efectivo y eficiente sistema de protección de víctimas, testigos y denunciantes.
La Justicia de Paz:
Debemos reemplazar a la brevedad esa autoridad de carácter represivo de los corregidores y jueces nocturnos, mediante la reestructuración de la justicia administrativa implementando la Jurisdicción de Paz para mejorar el acceso a la justicia comunitaria además de la mediación, como método alterno de solución de conflictos desde las comunidades. Hemos detallado en el documento la propuesta, los antecedentes, el objetivo principal, los obetivos específicos y las tareas a realizar; además de sugerir la revisión y aprobación del proyecto de ley que regula la Justicia Comunitaria y de Paz, consensuado entre el Órgano Judicial, Ministerio Público, Colegio Nacional de Abogados y la Alianza Ciudadana Pro Justicia, que se encuentra en la Asamblea Nacional.
(Segunda parte y final continúa mañana).
*Presidente del Club Kiwanis de Panamá.
