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El recurrente fantasma de la reelección


Cuando, contra el más elemental sentido común, a Pérez Balladares se le ocurrió empujar sus pretensiones de reelegirse, se le pronosticó su previsible y rotundo fracaso. Sin embargo, eso no impidió al caballero de marras, dar su salto a vacío. Su empecinada soberbia no sólo le costó al erario entre 8 y 10 millones de balboas, sino que, además, lanzó al país a una vorágine de incertidumbres que afectó gravemente la economía nacional.

Pero como la reelección es una enfermedad recurrente contra la que, desgraciadamente, no se inocula a quienes llegan al Palacio de la Garzas, para nada extraña que ahora haya reaparecido con el anuncio de un par de voluntariosos diputados gubernamentales, supuestamente actuando como “patrullas autónomas”.

¿Cuál será el desenlace de la nueva asonada reeleccionista?, es prematuro pronosticarlo; pero lo que sí es cierto es que, abortado el tema, no puede ni debe ser ignorado, especialmente porque ahora son muy distintos los parámetros políticos. Cuando Pérez Balladares lo intentó el fracaso estaba decantado; en las circunstancias actuales el panorama no es tan claro. Martinelli, aunque aparente no interesa la reelección, está, sin duda, en mejores condiciones para “dejarse tentar” y “ceder a las presiones” de quienes, por intereses claramente identificables, serían los mayores beneficiarios si la aventura resultara exitosa.

Introducir la figura de la reelección inmediata, requiere de un cambio constitucional, aprobado, primero, por la Asamblea y, después, por un referendo. Para que el proyecto de Acto Constitucional pase en la Asamblea se necesitarían 36 votos, o sea, la mayoría absoluta de sus integrantes. Cambio Democrático cuenta con 26 diputados, a los que, se rumora, pronto se le sumarán otros 4 tránsfugas, que “brincarán” desde el PRD y su bancada aumentaría a 30. Con esa base, más unos cuantos votos de diputados panameñistas, la mayoría absoluta es, políticamente hablando, “pan comido”.

El único que podría impedir que el Acto Constitucional pase en la Asamblea es el que el propio Martinelli, de manera pública y categórica, lo rechazara. Pero sus recientes declaraciones no apuntan por ese rumbo.

El Acto Constitucional podría ser aprobado por la Asamblea en la legislatura ordinaria que correrá de enero a abril de 2011 y vuelto a aprobar por la siguiente legislatura ordinaria en el mes de julio, también del 2011. El referendo que manda el numeral 2 del Artículo 313 de la Constitución debe realizarse no antes de tres meses ni después de seis, “contados desde la aprobación del Acto Constitucional por la segunda legislatura”. En otras palabras, si la segunda aprobación se produce, por ejemplo, para el 15 de 2011, el referendo podría ocurrir, entre el 15 de octubre de 2011 y el 15 de enero de 2012.