default

Extralimitación

Por: Redacción 13/01/2015

Las detenciones de dos exfuncionarios del gobierno anterior mediante allanamientos domiciliarios en la madrugada, perpetrados por el Ministerio Público, llevan el sistema democrático panameño a un deplorable nivel compatible con la dictadura militar. Las persecuciones políticas desatadas por la procuradora nombrada por el gobierno panameñista constituyen graves violaciones constitucionales que no pueden quedar impunes. No queda duda de que la funcionaria fue designada para que ejecutara perversos métodos antidemocráticos. Tanto Alejandro Garuz como Gustavo Pérez debieron ser citados a las oficinas del Ministerio Público para que rindieran indagatorias, sin recurrir a los allanamientos de sus residencias y de sus familiares. Más aún, Garuz concurrió voluntariamente al MP para probar con documentos oficiales que, antes de su nombramiento ni después de su salida del cargo de Seguridad, no recibió maquinaria alguna para llevar a cabo operaciones de espionaje telefónico. Al exjefe de la Policía Nacional se le formularon imputaciones sobre posible entrenamiento en pinchazos telefónicos en Israel, versión desmentida rotundamente por la Embajada israelita.

Ante la desarticulación de las imputaciones, el MP ha intentado escudar el fracaso de las pesquisas sobre la maquinaria de los pinchazos con la espectacularidad de madrugonazos que ponen en la cuerda floja a la funcionaria escogida por Varela para perseguir políticos de oposición, al igual que otros funcionarios. Como recalca el expresidente Ricardo Martinelli, se viola el debido proceso ahora con agravantes de violaciones de garantías constitucionales sobre la inviolabilidad del domicilio, la presunción de inocencia, el arresto sin mandamiento escrito de autoridad competente.

Se violan los artículos constitucionales que declaran que el domicilio o residencia son inviolables y que nadie puede entrar en ellos sin el consentimiento de su dueño, salvo que lo disponga autoridad competente; las personas acusadas de haber cometido un delito tienen derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad en juicio público que le asegure todas las garantías establecidas para su defensa, nadie está obligado a declarar en asunto criminal, correccional o de policía, contra sí mismo; toda persona detenida debe ser informada inmediatamente y en forma que le sea comprensible, de las razones de su detención y de sus derechos constitucionales y legales correspondientes.

Si el fin específico del allanamiento de una residencia es el hallazgo de la máquina pinchadora de teléfonos, y no de armas de fuego, cae por su propio peso la ilegalidad de la medida al no encontrarse el objeto buscado. Resulta ridículo tratar de justificar la violación de la residencia con el encuentro de armas de fuego porque no es el motivo específico del allanamiento, como prescribe la Carta Política. ¿Van a seguir los fiscales allanando residencias en la frenética y desesperada investigación de la máquina, basándose en chismes de alcoba? ¿ Torturarán sospechosos para obligarlos a que declaren contra sí mismos? ¿Allanarán dependencias policiales, ya que hay rumores de que allí se pincha? Muy lejos se encuentra el MP de las atribuciones que le impone la Constitución, a saber “promover el cumplimiento y ejecución de las leyes, sentencias judiciales y disposiciones administrativas; vigilar la conducta oficial de los funcionarios y cuidar que todos desempeñen cumplidamente sus deberes; perseguir los delitos y contravenciones constitucionales y legales”.

La Carta Política reza que los servidores públicos que incumplen la ley pierden el empleo, como en este escandaloso caso.

Edición Impresa

Miércoles 5 de agosto de 2026