default

Fortaleciendo la ciudadanía del consumidor

Por: Redacción 30/08/2016

Por muchos años, los consumidores de nuestro país fueron sometidos a una política discriminatoria y de sometimiento, por parte de algunos agentes económicos o locales comerciales que a la hora de  realizar los pagos, rechazaban los billetes de alta denominación. 

Ante la queja de los consumidores, Acodeco realizó una consulta a la Procuraduría General de la Administración, que dictaminó la obligatoriedad de la aceptación del dinero de corte legal. Ante ello, los  negocios solicitaban fotocopiar el dinero, la cédula y firmar, generando angustia y desespero en las cajas de pago.

Las últimas modificaciones y adiciones a la Ley 45 del 31 de octubre del 2007, generadas por la Ley 34 del 2 de agosto de 2016, vitaliza y fortalece el derecho a la información de los consumidores.

En torno a la información de precios, la Ley 34 señala que: "El proveedor de bienes y servicios está obligado, y solo tiene derecho a recibir el precio exactamente como está anunciado o impreso en el establecimiento o bien respectivo, salvo que se demuestre que el consumidor lo ha alterado".

De igual manera, señala: de haber más de un precio marcado, el consumidor paga el menor, en pocas palabras hay un solo precio, que al ser vendido un artículo o bien a crédito, se cargarán los costos de financiamiento en caso de  ventas a crédito.

Esta ley reglamenta el pago de la propina, la cual, según el portal Wilkipedia, señala que  "es una recompensa generalmente económica que se otorga como agradecimiento por un buen servicio y por el producto consumido".

La propina es voluntaria, por lo que no será incluida en el cargo adicional al precio convenido o anunciado, salvo que se trate de servicios precontratados, en los que determinen el cargo por la propina, la cual no es obligatoria, pero agregamos que es reconfortante estimular el buen servicio.

En Acodeco, los consumidores pueden realizar las denuncias respectivas por el incumplimiento de los agentes económicos, al realizar los cobros de la propina, accediendo alwww.acodeco.gob.pa en Chat en línea, a los módulos de la entidad, en Twitter y facebookacodeco resuelve y en la línea de denuncias 130. Es fundamental la factura o recibo de pago, así como voluntad para defender sus derechos de consumidor.

En torno a los servicios de alquiler, se exigen los letreros de 4 por 8 pies y letras reflexivas de 20 centímetros de alto. Cuando se cobre el 100% de su uso, el letrero debe decir "este establecimiento no ofrece tiempo gratuito". Adicionalmente, no se permitirá el redondeo o cobro por fracción.

Analista de consumo

Edición Impresa

Jueves 23 de julio de 2026