¿Gobierno o desgobierno?, ¿control o descontrol?
Insisto en la lógica que debe primar en toda persona que se dedique a hacer análisis. Máxime si se trata de análisis políticos, sociológicos, estadísticos, y me ha venido a la mente una cuestión que creo debe tomar en cuenta quien se autocalifique o lo califiquen de ser un “analista”.
Se trata, de que tome en cuenta, que su discurso o análisis de un determinado tema está dirigido a seres humanos y, en razón de esta condición, a personas inteligentes que, de modo acucioso, si el tema en análisis les es importante o entraña algún grado de interés para ellos, prestarán no tan solo la atención a lo que diga o sugiera el analista, sino que serán exhaustivos considerando si lo que dice o analiza, tiene algún grado de razonabilidad o lógica.
Tengamos presente que el día domingo 21 de diciembre concluyeron las elecciones, mayormente para diputados, tras un largo y traumático torneo electoral que debió, sin duda alguna, cerrarse el mismo día 4 de mayo de 2014. A raíz de las demandas de impugnación que fueron interpuestas, el Tribunal Electoral decidió que todos los diputados proclamados, todos ellos del Partido Cambio Democrático, y también algunos alcaldes y representantes de corregimientos, eran merecedores de la nulidad, en la mayoría de los casos de todas las mesas y en otras, parcial –algunas mesas- (caso Tito Afú, Mariela Vega)-, en fin.
Sobre las elecciones del día 21 de diciembre, escuchaba a un periodista y a sus dos analistas elaborar una serie de conclusiones respecto a dicho torneo electoral, que, confieso, me dejaban en babia.
Así, por ejemplo, cuando un candidato a diputado o cierto candidato para alcalde, sea del PRD o del panameñismo o de ambos como alianza de gobierno, marcaba como primero en la tendencia o preferencia del electorado, se hacían observaciones como las siguientes: “La alianza está sólida”, “el PRD demuestra su fuerza política”, “todo ha sido transparente”, siendo que por poco les faltaba arengar a tal o cual candidato conforme a sus mediáticos intereses; sin embargo, cuando el candidato que marcaba en la tendencia era un candidato del exgobernante partido, se escuchaban comentarios tales como: “La justicia tiene que hablar”, “de nada vale que gane ese candidato”, “tendrá que enfrentar la justicia”, “tanta corrupción”, “tanto desgaste de dinero”, o si no se decía que “aún permeaba la corrupción en dicho circuito”, “aún quedan las secuelas de la compradera de votos con las donaciones de campaña”, etc.
Perdónenme por lo que voy a escribir, si peco de atrevido o audaz, pero comparado con dichos analistas, creo que nos saldrían mejores en los paquetitos de millo. Veamos algunas inconsistencias en los supuestos análisis:
1. Cuando los procesos surgidos a raíz de las demandas de impugnación concluyeron con sentencias declarando la nulidad total o parcial de una elección para diputado, alcalde o representante de corregimiento –sentencias muy cuestionadas por cierto, amen de los casos en los que los impugnantes no habían probado absolutamente nada, como sucedió respecto a Mariela Vega, Manuel Ruiz y Manuel Cohen –mis defendidos-, y fueron remitidos nuevamente a torneos electorales, cuando el candidato impugnado se erige o levanta nuevamente con el aval del pueblo elector, los votantes registrados en el padrón electoral y conforme a su pertenencia a determinada circunscripción electoral, se produce lo que en la jerga electoral se denomina el “fuego purificador”.
2. Ese fuego purificador, en lenguaje técnico jurídico, no es otra cosa que la convalidación de un acto jurídico, en este caso, un acto jurídico político-electoral, consistente en que la voluntad del soberano –el electorado-, tiene que ser respetada, pues habiéndose dado una audiencia, que tiene una connotación eminentemente administrativa electoral, no hay duda alguna de que toda eventual atribución de uso indebido o ilegal de recursos del Estado y que incidieron en la voluntad del electorado, es cuestión que se cae de su propio peso, por convalidación de la voluntad del electorado que habiendo sido convocado nuevamente a las urnas, reitera su soberana voluntad demostrado con su voto que vuelve a elegir a quien ya había elegido el 4 de mayo de 2014.
3. Que hay que remitir, como algún caso ya ha sido remitido a la corte, para que determine si hay delito: nada tan impropio y ajeno a la técnica procesal. La reelección de cada diputado impugnado prueba y demuestra que no se vició voluntad alguna del electorado, sino que se ratifica que se ganó el 4 de mayo y nuevamente el 21 de diciembre, de modo limpio y transparente.
4. Por otra parte, no hay duda alguna de que toda discusión sobre si hay delito o no, queda sustraída, máxime si se considera que se trataba de supuesto uso de recursos del Estado que habían incidido en la voluntad del electorado.
5. El hecho de que hayan sido, varios de ellos reelectos, tras la nulidad de sus proclamaciones, prueba que pasaron por un fuego purificador electoral que los hace surgir como hombres y mujeres seguidos y apreciados por sus pueblos.
6. En lo que respecta a quienes no lograron salir victoriosos, habiendo sido impugnados, no se pierda de vista que las condiciones o el escenario cambió totalmente para ellos: una alianza de gobierno en el poder que no menospreciará recurso alguno para imponer, y eso no es pecado, su manejo político. Pero se requiere prudencia y humildad para actuar, no con las mismas mañas del pasado.