Gobierno vertical
Si aplicáramos la geometría para definir al régimen de Varela, diríamos que es un gobierno vertical. Las órdenes llegan desde arriba. La separación de poderes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial desaparece por el despotismo personalista de la cúspide. El rencor, el agravio, las lesiones al Estado de derecho se derraman desde la cumbre. Han desaparecido la tolerancia, la armónica colaboración de los poderes públicos, el respeto a la Constitución, los valores fundamentales de los próceres de la independencia de 1903. Se escogen a los ministros y funcionarios por parentesco, partidocracia, donaciones económicas. Se hicieron humo la capacidad académica, la idoneidad profesional, las normas del buen gobierno. Tras 111 años de la separación de Colombia, hemos regresado a los peores años autocráticos.
En uso de sus facultades constitucionales, la Asamblea Nacional aprobó reunirse en los primeros días de enero, el Ejecutivo impone un decreto de sesiones extraordinarias para el 10 de noviembre. El artículo 159 de la Carta Política dispone que todos los decretos que el Gobierno expida deberán ser sometidos al Legislativo para que legisle sobre la materia en la legislatura ordinaria inmediatamente siguiente a la aprobación del decreto ley de que se trate.
El decreto ejecutivo es inconstitucional porque la Asamblea deberá examinarlo para decidir si acepta las sesiones extraordinarias de noviembre, dado que, previamente, convocó la reanudación de las sesiones ordinarias en enero. La prelación constitucional otorga al Legislativo la facultad de convocar a sesiones para determinar si el decreto ejecutivo que la convoca es aprobado o desaprobado por el Legislativo.
Esta es una prueba de la conducta inconstitucional de la violación de la separación de poderes y la carencia de armónica colaboración de los poderes públicos. El presidente se extralimita de las funciones del Ejecutivo al imponer las sesiones extraordinarias al Legislativo cuando el presidente de la Asamblea citó para enero del 2015, cerrando el periodo de sesiones ordinarias.
Uno tras otro se escalonan los atropellos constitucionales en el nombramiento del futuro contralor, derecho exclusivo del Legislativo. Está haciendo tabla rasa de la separación de poderes para nombrar a un ungido político que donó sumas importantes a la campaña electoral y exige el cumplimiento de la inversión, al precio del menoscabo de la Constitución.
En estricto derecho, el nombramiento del contralor debió llevarse a cabo en la última sesión ordinaria. Pero el presidente de la Asamblea maniobró para impedir el nombramiento y postergarlo a principios del 2015.
La ausencia de consenso es una excusa inaceptable e irresponsable. El PRD tuvo los votos mayoritarios para elegir contralor al candidato nominado por votación de la bancada tentada para apoyar al ungido presidencial.
Lo que están llamando consenso es un arreglo debajo de la mesa. Si las sesiones extraordinarias se convocaran únicamente para aprobar el presupuesto, tampoco tendrían validez. El presupuesto fue devuelto por la comisión encargada de examinarla por sus deficiencias, puesto que es un derecho aprobarlo o desaprobarlo. Si el Ministerio de Economía corrigió los errores, debe ser la Asamblea el poder público facultado para ratificarlo o volver a desestimarlo. El verticalismo presidencial ha puesto patas arriba el país.