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¿Hacia una nueva Constitución?

Por: Redacción 16/01/2017

Mucho se ha especulado desde hace más de una década sobre la necesidad de una "nueva Constitución". Durante la campaña política del año 2014, el candidato a la Presidencia, Juan Carlos Varela, prometió llamar a elecciones para una constituyente durante sus dos primeros años de Gobierno. Varela fue electo presidente el 4 de mayo de 2014, y posesionado como presidente constitucional de la República (2014-2019), el 1 de julio de 2014. En un mensaje a la nación, el día 2 de enero de 2017, desde el recinto de la Asamblea Nacional, al cumplirse sus dos años y medio de Gobierno, reiteró el convocar a la ciudadanía para elegir una asamblea constituyente, pero no especificó si esta sería originaria o paralela y, para lo cual fijó un periodo de seis (6) meses.

Como una contribución espontánea al esclarecimiento del tema planteado, hemos considerado oportuno reproducir el texto del Decreto Ejecutivo (de 29 de diciembre de 1944), por medio del cual se convocaba a elecciones para una Convención Nacional que se reuniría en la ciudad de Panamá el día 15 de junio de 1945 con el fin de que redactara una nueva Constitución.

El presidente de la República, considerando:

Que existe un clamor popular, que de tiempo atrás se viene manifestando, en contra del Estatuto Constitucional de 1941;

Que ese clamor se ha puesto en evidencia por los diversos órganos de la opinión pública, representados por los partidos políticos;

Que a pesar de que el Poder Ejecutivo en repetidas ocasiones se ha manifestado renuente a aceptar esas soluciones de los partidos con el objeto de evitar un estado de agitación en el país, tales solicitudes han venido tomando mayor fuerza, como lo demuestra el hecho de que en esta misma fecha todos los partidos políticos han venido a ratificarlas expresamente;

Que es un deber republicano y democrático acatar la voluntad popular, tan clara y nítidamente expresada,

Decreta:

Artículo 1.º_Desde la fecha del presente decreto se suspende la vigencia de la Constitución de 1941 con excepción de las disposiciones relativas al Poder Judicial y al Ministerio Público.

Artículo 2.º_Convócase a una Convención Nacional que se reunirá en la ciudad de Panamá el día 15 de junio de mil novecientos cuarenta y cinco con el fin de que redacte una nueva Constitución.

Artículo 3.º_Las elecciones para delegados a la Convención se efectuarán el primer domingo del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y cinco.

Artículo 4.º_Por decretos posteriores se dictarán las medidas correspondientes a la organización del proceso electoral, reglamentación que ha de tener ante todo en cuenta el principio de la representación proporcional de todos los partidos políticos del país.

Dado en la ciudad de Panamá, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

(Fdo.) Ricardo Adolfo de la Guardia,

(Fdo,) Camilo de la Guardia Jr., ministro de Gobierno y Justicia.

(Fdo.) José Isaac Fábrega, ministro de Educación Encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores.

(Fdo.) José A. Sosa J. ministro de Hacienda y Tesoro.

(Fdo.) Carlos J. Quintero, ministro de Agricultura y Comercio.

(Fdo.) Juan de Arco Galindo, ministro de Salubridad y Obras Públicas.

(Fdo.) Agustín Ferrari, secretario general de la Presidencia.

Este decreto ganó de inmediato el respaldo de los partidos políticos, cuyos directorios se pronunciaron en manifiestos de cálida aprobación.

*Pedagogo, escritor, diplomático.

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Miércoles 15 de julio de 2026