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Injusticias laborales


Silvio Guerra M. (opinion@epasa.com) / Abogado.

Hace poco me encontraba en Chitré, tierra de la cual es oriunda mi esposa, y visité un monstruoso centro comercial, hace poco inaugurado. Acompañado de mis dos pequeños hijos, siendo como las 6:45 a.m., fuimos al supermercado que allí se encuentra. Al ingresar, pudimos sentir el intenso frío, como si te encontraras en un país sureño o en Alaska. Sucedió lo siguiente: encontrándonos en la caja, dispuestos a pagar los enseres comprados, veo a la cajera que tiritaba de frío, sin abrigo alguno que diera calidez a su cuerpo. Preguntón, como suelo serlo, dije: ¿Por qué no usa un abrigo? Grande mi sorpresa, casi impávido quedé al escuchar su respuesta tajante y triste: “El gerente no nos deja usarlo porque dice que entonces no se luce el uniforme y aquí casi constantemente todos los que trabajamos andamos mal del resfriado, de la garganta y dolores de cabeza”.

Confieso que no podía asimilar lo que escuchaba, me parecía inconcebible. Solté mi andanada de letras jurídicas: Jovencita, sepa usted que ningún trabajador está obligado ni tiene por qué acatar u obedecer este tipo de órdenes o de negativas de la empresa, nadie está obligado como trabajador a tolerar o a soportar tratos crueles, denigrantes, indignos y mucho menos condiciones de trabajo adversas

a su calidad humana, a sus derechos humanos que son consustanciales a su esencia de ente digno.

Es tonto que se obligue a un trabajador o grupo de trabajadores a laborar en condiciones climáticas o de cualquier otra naturaleza adversas. Es claro que se minimiza su capacidad de trabajar y de producir para la empresa. ¿Cómo no puede entenderse tan elemental cuestión?

Tal vez, confieso, este sea un caso más del montón de situaciones irregulares que en el ámbito de no pocas empresas se viene dando en nuestro país. No podemos permitir la humillación ni el maltrato laboral.

No por gusto el Código de Trabajo, en su artículo 223, permite, bajo ciertas circunstancias, las renuncias de trabajadores esgrimiendo causas imputables a la empresa, entre ellas, la alteración unilateral por parte del empleador de las condiciones de trabajo, como también la aparición en el proceso de trabajo de causas imprevistas perjudiciales a la salud o a la vida del trabajador.

Ojalá sea leído este artículo por las autoridades obreras y que la ministra Alma Cortés ordene a sus inspectores laborales tomar cartas en el asunto. Sugiero que al llegar a las empresas se les formulen preguntas a los trabajadores respecto a las condiciones en que ejercen el trabajo y si hay quejas, guardando la identidad y reserva de las fuentes con el fin de evitar represalias de los empleadores.

Abogado.