Justo Arosemena y el Tratado Canalero Arosemena- Sánchez- Hurlbut

Por: Redacción 18/08/2017

 

 

Pocos ensayos sobre Justo Arosemena mencionan que el patricio panameño suscribió un tratado canalero con los Estados Unidos de Norteamérica. Supe de su existencia mediante la lectura del preámbulo de "Los Tratados entre Panamá y los Estados Unidos", publicado por la Biblioteca de la Nacionalidad.

Este tratado es citado de manera muy sucinta en las obras de José Dolores Moscote y Enrique J. Arce, Octavio Méndez Pereira, Celestino Araúz y Patricia Pizzurno, pero bien documentado por Juan Antonio Tack, quién logró rescatar y darnos a conocer el texto del tratado.

Citando el doctor Tack al doctor Raimundo Rivas, quien fuera Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, en su obra Historia Diplomática de Colombia 1810-1934, para el diplomático "el Tratado Arosemena, Sánchez-Hurlbut constituía una modificación trascendental en la política exterior de Colombia, por cuanto en él se pactaba una verdadera alianza entre ella y los Estados Unidos". También hace el doctor Rivas, una reseña, bastante extensa, deI contenido deI Tratado.

Justo Arosemena había sido elegido senador para el período de 1870 a 1871 y fue nombrado plenipotenciario para negociar dicho tratado probablemente teniendo en cuenta su condición de istmeño y su conocimiento de los Estados Unidos.

El 26 de enero de 1870 Justo Arosemena y Jacobo Sánchez, rubricaron en nombre del gobierno de Colombia, un tratado con el general Stephen Hurlbut a la sazón embajador de Estados Unidos en Colombia.

El Tratado Arosemena, Sánchez-Hurlbut constaba de 26 artículos. Llegó a ser aprobado por el Congreso de Colombia, mediante la Ley 97 deI 8 de julio de 1870.

Durante las negociaciones, el 17 de enero de 1870, el cónsul general de Francia en Bogotá, escribió al ministro des Affaires Etrangères de ese país para darle cuenta de que a la fecha se habían realizado tres conferencias entre los plenipotenciarios colombianos, señores Justo Arosemena y Jacobo Sánchez y el general Hurlbut, ministro de los Estados Unidos en Bogotá, con miras a firmar el tratado. El lenguaje y los argumentos empleados por el plenipotenciario norteamericano los describe así el diplomático francés en dicha comunicación:

"… Según informes muy confidenciales que me han dado y de cuya sinceridad no tengo ningún motivo para dudar, el general Hurlbut habría entablado la discusión declarando desde el comienzo que él no es diplomático sino militar y que por lo tanto hablaría con la más absoluta franqueza. En seguida habría añadido que su gobierno tiene necesidad de un canal que atraviese el istmo de Panamá, que quiere tenerlo y que lo tendrá; que geográficamente el istmo no debe pertenecer a Colombia porque ese territorio forma parte de la América Central (República de Costa Rica); que políticamente el istmo le pertenece aún menos, ya que el gobierno de Bogotá no está en condiciones de dar seguridad al paso, ni es capaz siquiera de hacer respetar su autoridad. El general habría dejado entender que si le ponían muchas dificultades, su gobierno podría entenderse directamente con el Estado de Panamá.

"Parece que este lenguaje habría hecho una profunda impresión a los plenipotenciarios colombianos, quienes no tardaron en ponerse de acuerdo con el general Hurlbut.

"Queda aún obtener la aprobación del Congreso, pero tal aprobación no parece improbable, pues no sería prudente rechazar en esta oportunidad las proposiciones del gobierno americano…..Y hay que añadir que el general Hurlbut no esconde que está dispuesto a añadir argumentos irresistibles en este país para asegurarse la benevolencia de los miembros del Congreso y probarles de una manera palpable las simpatías del gobierno de los Estados Unidos para con ellos"

Lo medular del Tratado

- Estados Unidos determinarían la practicabilidad y la ruta de dicho Canal.

- Los Estados Unidos de Colombia convenían en conceder, separar y destinar para la obra deI canal y sus dependencias, todo el territorio, incluyendo mar y aguas tributarias, que fuese designado para ese objeto pudiendo los Estados Unidos tomar, mediante plena indemnización, y siguiéndose los trámites legales, aquellos terrenos de particulares que fuere necesario expropiar. También le concedían doscientas mil hectáreas despobladas e incultas que podían escoger a su conveniencia en territorio colombiano.

- Durante la etapa de construcción del Canal los Estados Unidos podrían emplear fuerza militar para su defensa y para garantizar la inmunidad de la ruta y sus dependencias. Para evitar los actos hostiles de otra nación o potencia extranjera, los Estados Unidos se hacían aliados de Colombia “para ayudarles a rechazar cualquier ataque o invasión a las obras y propiedades antes garantizadas."

-Los Estados Unidos de Colombia conservarían su soberanía política y jurisdicción sobre el canal y territorio adyacente pero garantizan a los Estados Unidos de América, conforme a la constitución y leyes vigentes en Colombia, el gozo pacífico y tranquilo, y la administración, dirección y manejo deI canal como queda dicho.

- Colombia recibiría porcentajes del derecho de tonelada que los Estados Unidos cobraría a los buques que pasaran por el Canal. Esta participación aumentaría gradualmente de diez centavos por tonelada durante los primeros años hasta completar la suma máxima de cuarenta centavos. También percibiría dos pesos por razón del derecho de pasajeros que transitaran por la ruta. Además de estos ingresos, el Gobierno colombiano tendría porcentajes del producto total que se recaudara de otros impuestos y derechos de transporte de mercancías.

Es un hecho que ha pasado inapercibido por nuestra historiografía, rescatado por el profesor Celestino Araúz, que en el año de 1857 Justo Arosemena presentó al Senado de Colombia la consideración de un proyecto de Ley que proponía al Ejecutivo negociar con Gran Bretaña, Francia, Estados Unidos y Cerdeña la concertación de un tratado en el que se reconociera la neutralización del Istmo de Panamá como un estado independiente y soberano, libre para el comercio de todas las naciones, bajo el ala protectora de las potencias signatarias del pacto.

El proyecto fue combatido tanto en Bogotá como en el Istmo donde fue atacado como “humillante” y “vergonzoso” por el periódico El Centinela que se publicaba en Panamá.

Insistía El Centinela en que el proyecto en cuestión haría caer al Estado de Panamá en manos de los Estados Unidos y esto, por lo demás, no necesitaba demostración.

El Senado de los Estados Unidos no llegó a discutir el Tratado Arosemena, Sánchez, Hurlbut, con el pretexto de que no se tomaría ninguna resolución sobre él sino en vista de los informes de las comisiones encargadas de explotar las rutas de Tehuantepec, Nicaragua y el Darién"

Philippe Bunau-Varilla contribuyó a venderle al Senado la ruta de Panamá y la historia hizo el resto.

Sociólogo


 


 


 


 


 


 


 


 

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