default

Justo pago


/ -

Quizás no se ha sopesado debidamente la trascendencia social de la ley creadora de los Certificados de pagos negociables del décimo tercer mes (Cerden), mediante los cuales el Estado cumple con el resarcimiento de las deudas dejadas de percibir por numerosos servidores públicos en el lapso entre diciembre de 1989 hasta el mes de agosto de 1991.

Los anteriores gobiernos no consignaron partidas para dar cumplimiento al monto de los adeudos por la suspensión de los pagos por concepto del décimo tercer mes. Con la aprobación del Consejo de Gabinete, el Ministerio de Economía y Finanzas presentó a la Asamblea Nacional el proyecto de ley que propuso, como medida alternativa a la dilación de la cancelación en efectivo, un medio de pago que corresponde a la figura de los títulos valores del Estado.

Los Cerden están representados por los certificados negociables que emitirá la Contraloría por valor igual a la suma de los montos adeudados por décimos tercer mes. Esta novedosa clase de títulos valores puede ser transferida por endosos cuantas veces consideren necesarias las obligaciones por cumplirse. Pueden ser usados, igualmente, para transacciones bancarias, como fianza judicial. Los Cerden pueden aplicarse como dinero en efectivo para ventas a personas naturales y jurídicas o como medio de pago en comercios y afines.

Asimismo, su convertibilidad será aceptada por la Caja de Seguro Social, Caja de Ahorros, Banco Nacional, Banco Hipotecario, Banco de Desarrollo Agropecuario y cooperativas de ahorro y préstamo. Puede decirse que los titulares de los certificados tienen plena capacidad y solvencia para emplearlos tal como si se tratara de dinero en efectivo, con el valor agregado de que los Cerden no pagarán impuesto a la renta ni ningún otro gravamen, son inembargables y pueden pasar al poder de herederos o familiares debidamente endosados por los titulares de los certificados.

El gobierno de Ricardo Martinelli ha sido receptor de las reclamaciones de los servidores públicos que laboraban en dependencias estatales en la fecha histórica del fin de la dictadura militar en 1989 y los años siguientes. Es posible que esos empleados tuvieran algún tipo de relación política o laboral con el régimen militar. Presumiblemente, la postergación de los pagos pendientes obedecieron a indebidas represalias políticas o a excusas de carencias presupuestales.

El Gobierno ha hecho abstracción de elementos políticos del pasado, concentrándose en la reparación de las deudas conforme a los dispositivos legales del Estado de Derecho. Se ha ceñido al espíritu y letra del artículo constitucional que establece que no deben existir discriminaciones de raza, sexo, religión o creencias y militancia política contra los derechos de los servidores públicos. Esta filosofía de reconocimiento a los derechos de los servidores públicos es, también, la fuente de inspiración social de la administración Martinelli al aprobar la ley que por primera vez en la historia laboral panameña otorga a los funcionarios despedidos injustificadamente el pago de indemnización y de prima de antigüedad, reparando la marginación de derechos que no estaban contempladas en el Código de Trabajo.

Edición Impresa

Viernes 14 de agosto de 2026