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La autonomía e independencia de los jueces

Por: Redacción 12/01/2014

Silvio Guerra M. (opinion@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Mucho se habla de la autonomía e independencia de los jueces. Y cierto es también que mucho se ha teorizado sobre esa independencia. Para algunos tratadistas, la jurisdicción no tiene sentido de ser si no cuenta con jueces verdaderamente independientes y autónomos en el ejercicio de sus cargos. El maestro rosarino y maestro nuestro en la academia, Dr. Adolfo Alvarado Velloso, no concibe la competencia del juzgador, sino en función de una competencia objetiva, que viene diferida por la ley en cuanto delimita las funciones del juez y los casos que le están sometidos a su competencia funcionarial, pero refiere una cierta y aún más importante competencia subjetiva en cuanto a la moralidad y propia persona del juzgador y de su comportamiento social, familiar, personal, en fin.

Esta competencia subjetiva tiene que ver con la persona de quien imparte justicia y de su ética, su moral, su buena honra, sus costumbres, etc. Atañe a la propia integridad y buen decoro del que imparte justicia a los asociados.

También mucho se ha venido tratando el tema concerniente de cómo el poder político erosiona esa independencia, entrometiéndose en sus asuntos y dando órdenes a jueces y magistrados. De cómo poderosos resortes del poder económico, sin que estén en el Gobierno pero conectados asombrosamente con él, intervienen presionando a jueces y magistrados para ser favorecidos con sus fallos.

Toca, en este artículo de opinión, que hablemos de la competencia subjetiva del juzgador como fundamento para una real independencia y autonomía de los jueces. Nunca órgano judicial del mundo, podrá alcanzar su independencia sin concebirse, sus propios despachadores de justicia, los jueces, cualquiera sea la rama en la que se desempeñan, como verdaderamente autónomos.

La autonomía de los jueces y magistrados no entraña otra idea que la de tener la capacidad, la facultad, muy propias, de dirigir sus propios actos, pensamientos, ideas, conocimientos, su inteligencia y sabiduría para administrar justicia sin tener mayor jefe o mayordomo que su propia conciencia e inteligencia.

El conjunto de estos elementos hacen del juez un juez sometido a sus propias normas. Entiéndase que por propias normas no debe entenderse “normas arbitrarias”, sino aquellas que lo permiten clasificarlo y calificarlo como juez auténticamente independiente, imparcial (que no toma parte) e impartial (que no es parte), conceptos acuñados por el procesalista argentino Adolfo Alvarado Velloso. Entran en juego las normas y principios, desde luego, morales y éticos.

La autonomía e independencia de los jueces, en texto constitucional y en la ley, es letra muerta, si no es la propia persona del juez quien la hace valer y vivificar, esto es, darle vida, existencia. Ello lo logra con sus actos: absténgase de conceder fallos graciosos para favorecer a la mano del que lo ha tentado y ha caído víctima de la coima, la añagaza o la artería, al decir de Alvarado Velloso; aléjese de la política y de congraciarse con los políticos arrastrándose como gusano para hacerse de ascensos y de posiciones que, por méritos, solo deben alcanzarse; no conceda lo que el Derecho, la Justicia y la Razón no pueden dar; no haga del cargo un medio para engrosar fortunas o aumentar capitales; las sentencias no se venden, pues se entenderá que los fallos solo deben ser el producto del sentido y de aquello que la propia ley reconoce y accede; no distinga entre el rico y el pobre y termine, sin razón y sin derecho, concediendo la sentencia por diferencias de índole alguna, es decir, congraciándose con el rico que no tiene la razón o con el pobre por una falsa solidaridad sin que este ostente la legalidad o justeza de su pedido; simplemente pronuncie la razón del Derecho a quien corresponda, más de esto es desbordar el verdadero sentido de la ley y del proceso judicial.

No tema el juez, el que administra justicia, sustraerse de la sociedad. No entregue su alma ni su inteligencia a las tentaciones; no envidie al que progresa y aumenta su haber tras una sentencia que expide o firma; recuerde siempre que ser juez significa pronunciar la ley en nombre del Estado y que el patrimonio o la cosa en litigio, usted, como juez, no tiene nada que ver con ella, de modo que no extienda su mano para pedir o tomar lo que no le pertenece ni que usted, como juez, ha concedido, pues quien concede es la ley y el juez es el instrumento por el cual se pronuncia.

Ser juez, en nuestro país, ahora más que nunca, conlleva una misión sagrada, de parte de Dios y que, como juez o magistrado, se cumple una misión divina: juzgar a los hombres en sus conflictos y en sus litigios. No fallen.

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Lunes 10 de agosto de 2026