La justicia no es una cuestión de mayorías
El 20 de noviembre de 2016 a la viceministra de Gobierno se le preguntó sobre el otorgamiento de un beneficio penal a favor de Manuel Antonio Noriega, y ella respondió que "… se necesitará de la aclamación popular para su liberación". Ante esta afirmación surge la siguiente pregunta: ¿los derechos de las personas privadas de libertad dependen de la voluntad popular para su cumplimiento? Si nos dejamos llevar por la representante del Gobierno, debemos responder que los derechos son un tema de mayorías, y no de garantías penales. Sin embargo, no podemos dejarnos llevar por esta afirmación, ya que la justicia no es una cuestión de mayorías; los derechos de los ciudadanos frente al Estado nunca pueden decidirse por el voto popular.
En un Estado de derecho, según el jurista italiano Luigi Ferrajoli, para garantizar el derecho fundamental a la inmunidad del ciudadano inocente frente a puniciones arbitrarias es necesario que exista la posibilidad de verificar las motivaciones de la condena. Y dichas motivaciones deben fundamentarse en la ley penal y en la verdad de los sucesos. Pero esa verdad no se encuentra en las mayorías, ni aunque los asociados decidan unánimemente sobre la culpabilidad de una persona. Dicha unanimidad no puede ser nunca un criterio de verdad.
Ningún consenso político -de los partidos o la opinión pública- puede suplantar la falta de prueba en una acusación. Ya que, ninguna mayoría puede hacer legítima la condena de un inocente o subsanar la violación de un derecho o de una garantía de una persona; por más abrumadora que sea esa aclamación popular.
Nunca puede castigarse a un ciudadano solo porque ello responda al interés o a la voluntad de la mayoría, ya que el consenso de la mayoría no añade legitimidad a la condena ni a la negación de un beneficio penal. La condena solo es posible si se ha demostrado la culpabilidad de la persona, y no si la mayoría (que desconoce la verdad) decide que es culpable, ya que esto no contribuye al esclarecimiento de los hechos. La única manera que la condena tenga validez es que se base en la investigación de los hechos, es decir: se base en la verdad.
Debemos concluir rechazando lo señalado por el Ministerio de Gobierno, ya que la legitimidad de un sistema jurídico penal viene de las garantías que ofrezca a los ciudadanos, para que no sean víctimas de intromisiones arbitrarias en sus vidas, y no viene de la mayoría. Si se cumple con los requisitos legales para optar por un beneficio, debe permitírsele al imputado el ejercicio de ese derecho. Ninguna persona privada de libertad debe sufrir limitaciones en sus derechos por la falta de aclamación popular para su liberación.
Magister. Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Panamá/Coordinador del programa anexo universitario del RENACER