La libre competencia
En materia de libre competencia, el término "abogacía de la competencia" viene a desarrollar y promover las acciones o herramientas con que cuenta la Autoridad de Defensa de la Competencia y Protección al Consumidor (Acodeco) para educar, con el fin de promocionar una cultura de competencia y un entorno procompetitivo. Estas funciones y atribuciones se enmarcan dentro del artículo 86 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, y que no solamente están dirigidas a agentes económicos o empresas, sino también a asociaciones, instituciones educativas, entidades sin fines de lucro, organizaciones de la sociedad civil y la administración pública, a través de la cual esta institución podrá recomendar, mediante informes técnicos-jurídicos, la adopción o modificación de cualquier trámite o requisito propio de algún sector de la economía nacional, así como realizar estudios, a fin de promover y fortalecer la competencia en el mercado.
Este rol ha sido ejercido en innumerables situaciones, actuando de oficio en muchas ocasiones y, en otras, a petición de parte, tal cual se esboza del artículo 3 de la Ley 45 de 2007 en el que se declara que el Estado velará porque en sus decisiones y actos administrativos se resguarden los principios de libre competencia y libre concurrencia económica, por lo que municipios, instituciones autónomas e instituciones en general podrán solicitar concepto a la Acodeco cuando en el ámbito de sus decisiones pueda afectar la libre competencia o la protección al consumidor.
Estas funciones de abogacía han sido realizadas ante la Caja de Seguro Social, Asamblea Nacional, Ministerio de Desarrollo Agropecuario, Ministerio de Salud, entre otros, preservando siempre el interés superior del consumidor. Cualquier acto, reunión, acuerdo, arreglo, convenio o fórmula que tenga por objeto vulnerar la libre competencia económica y la libre concurrencia en la producción, procesamiento, distribución, suministro o comercialización de bienes o servicios, es objeto de análisis y, de ser el caso, de labores de abogacía de competencia.
La Dirección Nacional de Libre Competencia detecta las fallas o distorsiones que se tienen en los diversos mercados de bienes o servicios, por lo que cuando existen situaciones en las que hay conductas monopólicas o hay dos competidores o más que brindan un mismo servicio o uno similar u homogéneo, y no se tiene certeza jurídica de cómo opera dicho mercado o si tal práctica o conducta es monopólica, se puede solicitar a esta dirección de la Acodeco su concepto, a través de consultas de viabilidad para conocer si determinada actuación es pro competitiva o anticompetitiva, o sencillamente de oficio la entidad promueve la libre competencia.
Abogado, especialista en temas de competencia.