La salud de los Ngäbes–Buglés vs. la minería a cielo abierto
Según la OMS, el Derecho a la Salud debe ser: “El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social” (OMS, 2007).
Ese derecho obliga a los Estados a generar condiciones, donde todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones son: servicios de salud, trabajos saludables y seguros, vivienda adecuada y alimentos nutritivos.
No es solamente, el derecho a estar sano. Eso no se genera por sí sólo, los Estados adscritos a los dictámenes de la OMS, como Panamá; están comprometidos a generar este derecho con la atención de salud oportuna y apropiada.
Deben procurar que los principales factores determinantes de la salud se reproduzcan adecuadamente. Esos determinantes son: acceso agua limpia y potable; condiciones sanitarias; suministro de alimentos sanos; nutrición y viviendas, condiciones sanas en el trabajo, acceso a la educación e información relacionadas con la salud (incluye salud sexual y reproductiva), y la reproducción saludable del medio ambiente.
Panamá, está comprometido a ejecutar esa labor desde que ratificó los tratados, convenios y otros similares, que citan al derecho a la salud. Desde la Carta Internacional de Derechos Humanos hasta las Resoluciones (CD37 R5, CD40 R6, y CD47 R8) de la OPS; otro organismo donde está adscrito Panamá.
Aunque, Panamá no ratificó el Convenio 169 de la OIT, no la exime de salvaguardar el derecho a la salud de los pueblos originarios, como los Ngäbes-Buglés. Cabe recordar las responsabilidades del Minsa, el Mida y la Anam; donde salvaguardar ese derecho relacionado con el medio ambiente es una de ellas; aunque, su indicio es faltar a esa responsabilidad.
Además, la imposición del gobierno de cambiar la Ley minera para promover su explotación a cielo abierto, traerá problemas irreversibles, ya experimentados con la explotación minera en Santa Rosa–Veraguas, cerrada en 1999.
Dicha explotación, causó una contaminación nefasta (medio ambiente degradado y población aledaña perjudicada).
Las personas sufrieron contaminación de plomo en su cuerpo con un grado de 134 a 181 microgramos (Martínez, 2003). Esto podría suceder, si reabren la explotación minera en Cerro Colorado-Comarca Ngäbe–Buglé.
Actualmente, Panamá no ha logrado garantizar el derecho a la salud dentro de la comarca. Su control epidemiológico es débil; cualquier desastre natural o por la mano del hombre puede ocasionar una mala situación de la salud.
La explotación minera a cielo abierto; contamina ríos, degrada suelos, produce lluvia ácida, muerte de la fauna y flora (proveedora de alimentos a la población), y mala situación de la salud.
