La salvación del pueblo es ley suprema
Tal y como lo he venido advirtiendo, volvió a ganar quien en las contiendas parciales a nivel circuital, previa declaratoria de nulidad de algunas mesas por parte del Tribunal Electoral, representó al partido Cambio Democrático en las elecciones del circuito 7-2 verificadas en fecha de 30 de noviembre del año en curso.
Y volvieron a salir algunos repetitivos “analistas” a sostener las mismas tesis: 1. Demasiados recursos del Estado que aún siguen permeando en la conciencia del electorado en dichos circuitos. 2. Que la corrupción es generalizada. 3. Que el clientelismo político es lo que ha dominado en dichas elecciones y que ello da cuentas del porqué gana el candidato del partido Cambio Democrático. Ha habido algún veterano político, con mayor agudeza mental, que ha mantenido el criterio de que simplemente ganan porque son mejores políticos que el resto de los que compiten.
Qué tristeza intelectual me produce escucharlos. Son tan superficiales y si no, mediáticos que se les imposibilita advertir cosas elementales y muy sencillas como las siguientes: 1. El pueblo no entiende que dos partidos políticos, histórica y tradicionalmente, contrarios, en métodos e ideología política, como lo son el Partido Panameñista y el partido de Omar Torrijos, ahora se encuentren en un contubernio amoroso que nadie entiende ni se explica. 2. Que en esa línea de pensamiento, es casi imposible, inexplicable ante el panameñista o el que sigue la filosofía del Partido Revolucionario Democrático, pedirle que vayan a las urnas y que voten o apoyen por un candidato que no es de ellos ni pertenece a sus filas. Más aún, no pocos panameñistas ven en esta alianza simplemente a un partido oportunista que está sacando provecho del triunfo político de otro partido que se ha enquistado en el poder por voluntad del soberano, el pueblo, y que a sabiendas de que necesita gobernar con una mayoría en la Asamblea, que no la tiene, se hace de una alianza incomprensible que, para algunos verdaderos analistas, tiene tiempo ya pronosticado de extinción. Los matrimonios o uniones de esta clase, dicen algunos, son de poca duración y hasta aplican el dicho de que no perdura una relación por el prurito dictamen del amor que tiene como asiento la regla de que “contigo pan y cebolla”. Como decía mi abuela, cosa triste cuando el amor sale por la cocina, pues saltan pailas, ollas, sartenes y hasta objetos que menos se piensan.
SE HA CERTIFICADO, POR PARTE DE LA ENTIDAD COLEGIADA COMPETENTE, QUE CASI 10 AUDITORES DE LOS QUE RINDIERON INFORMES DE AUDITORÍA EN LOS PROCESOS DE IMPUGNACIÓN NO CUENTAN CON LA IDONEIDAD O HABILITACIÓN PARA EJERCER COMO AUDITORES PÚBLICOS NI PRIVADOS.
He allí el quid ius del asunto, lo eidético que hay que distinguir en estas elecciones. El pueblo no logra asimilar la idea de cómo es que todos los diputados impugnados sean del partido Cambio Democrático, y que ninguno haya tenido la razón ante la inteligencia del Tribunal Electoral, y como el pueblo siempre será el pueblo, el soberano, les está revirtiendo el mandado a los políticos del país y en cada nulidad sentenciada, el pueblo dice que lo que cuenta es su decisión y no tan solo vuelve a votar por el candidato por quien votó el 4 de mayo de 2014, sino que se suman más votos, como ocurrió con Tito Afú, Salerno y ahora con mi distinguida representada, doña Mariela Vega.
No obstante de lo anterior, ahora se suma una circunstancia muy delicada. Se ha certificado, por parte de la entidad colegiada competente, que casi 10 auditores de los que rindieron informes de auditorías en los procesos de impugnación no cuentan con la idoneidad o habilitación para ejercer como auditores públicos ni privados. Sin embargo, cabe destacar que sobre tales pericias, o informes o como quiera que se les llame, básicamente, se centró la actividad probatoria del Tribunal Electoral y ahora resulta que sobre muchos de esos informes se dictaminaron sentencias que anulaban parcial o totalmente las elecciones en diversas jurisdicciones circuitales electorales en contra de los candidatos proclamados. No hay duda de que sobre este particular, algo tiene que decir el Tribunal Electoral por cuanto que no se pueden nombrar como auditores a quienes no tienen el título ni la competencia profesional para ello.
Ahora se entenderá por qué he venido escribiendo, de modo reiterado, sobre las extrañas sentencias del Tribunal Electoral: eran audiencias que no dejaban margen a la duda en beneficio de los candidatos proclamados que me tocó representar; pruebas testimoniales y de cualquier otra naturaleza en favor de los diputados que ya habían sido proclamados y, como prueba de lo que digo, he allí la máxima: el triunfo de ellos en las urnas, con lo que se evidencia que el pueblo no se equivoca. El pueblo simplemente toma o adopta sus decisiones electorales y punto. Como reza el adagio latino: Salus populis suprema lex est: La salvación del pueblo es ley suprema.