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¿Legicidio?


REDACCION / PANAMA AMERICA

El anteproyecto de ley que propone reformas del Código Penal para tipificar la nueva figura del feminicidio y sancionar la violencia contra las mujeres contiene, a la vez, un conjunto de dispositivos que van más allá del propósito enunciado. El anteproyecto presentado por legisladores oficialistas y de la oposición se basa en la iniciativa de la Fundación para la Equidad de Género presentada en el año 2011, como una aportación de la sociedad civil para buscar soluciones apropiadas a fin de contrarrestar la violencia contra las mujeres. Resulta loable que el Órgano Legislativo acoja las preocupaciones de la sociedad civil. Pero es aconsejable que las iniciativas se examinen con prolijidad para que se adecúen al ordenamiento constitucional y no lo transgredan a pesar de la buena voluntad de la iniciativa feminista.

Una de las más preocupantes propuestas del anteproyecto es la posible creación de un nuevo organismo denominado Copreva (Coordinadora Nacional para la Prevención de las Mujeres y Atención a las Víctimas). Copreva estaría integrada por representantes del Órgano Judicial, seis ministerios, Procuraduría General, CSS, Policía Nacional, Consejo Nacional de Periodismo. El Instituto Nacional de la Mujer tendría a su cargo la secretaría y la coordinación con las dependencias públicas.

Las atribuciones de Copreva van muy lejos: promover la cultura de la denuncia de la violencia contra las mujeres; vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia contra las mujeres y contribuyan a la erradicación de todos los niveles de violencia; vigilar que los organismos sin fines de lucro y las asociaciones civiles adecúen sus estatutos internos para alcanzar la participación igualitaria de las mujeres en los niveles de gestión, y otros ámbitos y formas de vigilancia. El simple uso del verbo vigilar provoca resquemores.

Por el otro lado, se proponen innovaciones al Código Penal, como prisión de 5 a 8 años a quien incurra en violencia psicológica con amenazas de violencia, intimidación, chantaje, persecución o acoso, o prisión de 5 a 10 años a quien, mediante violencia o intimidación, tenga acceso carnal con persona de uno u otro sexo, utilizando sus órganos genitales, aún cuando mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no. Estas son algunas de las perlas de la propuesta de reforma del Código Penal.

Se aprecia a primera vista que este es un proyecto dos en uno, es decir hay una reforma de tipo penal y otra reforma de orden administrativo. Se plantean nuevas obligaciones a los ministerios de Desarrollo Social, Salud, Educación, Gobierno, Seguridad, Trabajo, lo mismo que a la Procuraduría General, Policía Nacional, Consejo Nacional de Periodismo.

La elevación de la pena a 30 años por el homicidio de una mujer goza de amplio consenso. Sin embargo, se debe caminar con pies de plomo en la tipificación de nuevos delitos de compleja probanza, por ejemplo, la llamada violencia psicológica que puede distorsionarse si se inspirara en denuncias unilaterales provocadas por reacciones subjetivas. Corresponde a los legisladores estudiar atentamente el anteproyecto, protegiendo a las panameñas del feminicidio, pero impidiendo, también, que el supuesto derecho se convierta en abuso real.

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Viernes 14 de agosto de 2026