Normativa: Justicia y derecho-sus fines
Soy un crítico del Sistema Judicial. Durante toda mi vida he criticado las cosas malas del sistema. Por ello, no he escatimado estudios, tiempo, ni nada que para mí haya podido representar una oportunidad u ocasión para mejorar el Sistema Judicial. Creo, con toda modestia, que el gran espacio o la gran oportunidad se me brindó cuando fui tomado en cuenta, junto a destacados juristas y de gran renombre, por parte del expresidente Torrijos, para integrar una comisión encargada de codificar en materia penal y procesal penal nuestra normativa sobre tales materias.
He analizado sistemas, los he comparado, y he podido advertir que todos tienen sus falencias, sus traumas, sus debilidades y cuando no, también he podido advertir todo aquello que tienen en común, indistintamente de las diferencias constitucionales, legales o de organización, respecto a la forma de cómo está conformado uno u otro. En todos estos sistemas, pienso, la lectura seria empieza por connotar quién o quiénes son los hombres o mujeres que administran justicia a la sociedad. He visto y he podido, igualmente, constatar que deben ser personas serias, honorables, conocedores del Derecho, en todas sus manifestaciones y cuanto más en la especialidad en la cual sirven como jueces o magistrados de la nación. Las sociedades, al parecer, también analizó, andan en búsqueda de jueces que se aproximen a la justicia, en todas sus expresiones, sin que por ello pisoteen el Derecho o lo ignoren, o que si lo toman en cuenta, esa tarea se hace a medias.
Creo en el Estado de Derecho. He escrito que mal puedo, como jurista, creer en el Derecho y desconocer el Estado de Derecho. Desde las aulas universitarias, en la cátedra de Filosofía del Derecho, me distancié de aquellos autores que advierten a tal Estado como un Estado de “meras normas”, y por ello resaltan a la Constitución, prima facie, como brújula de ese estado. Sostenía, apartado de ese extraño positivismo o manera exótica de verlo, que un Estado auténtico de Derecho, si bien presenta como primera nota, la plena vigencia de su normativa, empezando por la lectura constitucional, es aquél que adecua o hace entrar en armonía la normativa con la dignidad y humanidad propia de sus destinatarios, es decir, los seres humanos. Por ello, sostenía ante mis exalumnos, que de qué valían las normas si estas pisoteaban esa dignidad y completitud humana? Citaba, con mucha frecuencia, a un Hitler, o a un Mussolini, y advertía que si a ellos se les preguntaba si tenían o no un Estado de Derecho en las épocas que les correspondió gobernar, de seguro responderían con un categórico “sí”. Había leyes, ordenanzas, códigos, decretos, reglamentos, en fin. Pero, pregunto, la mayoría de ellos podían denominarse efectivamente como Derecho? Acaso no debe estar el Derecho cercano a la misma condición humana, entendida por la filosofía, como “ser digno” en la creación y por encima de esta? La dignidad humana, luego, debe estar plasmada en cada norma, en cada artículo de los códigos, de las leyes. Normas o leyes que se legislen en desmedro o en desconocimiento de esa dignidad, de los derechos propios de los hombres, mal podrían llamarse “Derecho”. La irracionalidad no es nota del Derecho, por el contrario, lógica y racionalidad se imponen en la norma.
Por ello, las inconstitucionalidades, los amparos de garantías constitucionales, las advertencias de inconstitucionalidad, los hábeas corpus, hábeas data, etc., no pueden dejar de ser los efectivos mecanismos jurídicos por medio de los cuales los sistemas judiciales imponen la justicia sobre la injusticia, la racionalidad sobre la irracionalidad y el oscurantismo sobre la pasión perversa de no pocos jueces que en lugar de viabilizar la justicia, la obstruyen; sistemas que instauren el “Derecho pleno” por encima de la norma que, en forma de pantomima jurídica, se presenta como “Derecho”.
Lejos de nosotros, vade retro, aquellas escuelas positivistas que advierten que la norma, aunque sea inhumana, hay que respetarla y vivenciarla. Las naciones no se constituyeron para darle cauce a lo inhumano, a lo que mata o daña, sino para congregarse en un conglomerado de interacciones sociales que le permitieran, con la vigencia de instituciones y principios, su propia supervivencia. Y uno de esos principios, precisamente, resalta o predica que “el hombre es un ser digno, siempre digno”.
Finalmente, hago mía la siguiente reflexión de Heidegger. “El verdadero cuidar es algo positivo, y acontece cuando de antemano dejamos a algo en su esencia, cuando propiamente realbergamos algo en su esencia; cuando, en correspondencia con la palabra, lo rodeamos de una protección, lo ponemos a buen recaudo”.