Nuevo golpe a la carrera diplomática
En días recientes, los medios de comunicación informaron del interés de la Cancillería en presentar una nueva reforma a la Ley de Carrera Diplomática y Consular, que con la celeridad de la luz, ya logró aprobarse en primer debate por parte de nuestra Asamblea. Tal medida se refiere al hecho, que hace relación con la situación de todo funcionario que se le confiare un cargo en la Cancillería, diferente al que ocupa normalmente en el escalafón de Carrera Diplomática y Consular. Hasta el momento, los funcionarios que estén en dicha situación deben acogerse a una licencia que le permite pasar de la condición de "servicio activo" al estatus de "servicio pasivo", pues transitoriamente se separan del cargo de carrera, que previamente ocupaban, cualquiera este sea. Lo anterior significa que la renuncia temporal a su cualidad de permanecer en servicio activo se traduce materialmente en una disponibilidad sin sueldo, de la posición de funcionario de carrera, que previamente ocupaba. Agotado dicho paso, el funcionario estará en circunstancia legal de cobrar los emolumentos del nuevo cargo.
La propuesta de la Cancillería de modificar el artículo 48 de la Ley 28 de Carrera Diplomática y Consular, que a la sazón establece que "cuando los funcionarios diplomáticos presten sus servicios en la Cancillería se les confiarán cargos que correspondan a sus categorías, manteniendo el rango adquirido en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular"; lo que realmente pretende es premiar por partida doble a aquellos funcionarios que teniendo una jerarquía inferior en el escalafón de la carrera respecto a sus colegas (que por su rango de ministros consejeros, les correspondía ser considerados, pero que fueron olímpicamente ignorados); en su momento, fueron beneficiados políticamente por el gobierno de turno con jugosos salarios por los "servicios prestados" en altas posiciones.
En otros términos, el objetivo final de la reforma no es más que seguir erosionando los cimientos fundacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, al no ponderar el escalafón de carrera diplomática y más bien sobrevalorar una insignificante minoría de ungidos, que no satisfechos con la canonjía obtenida, ahora reclaman un premio mayor al exigir que se adicione al artículo supracitado, la contabilidad de los años de servicio que usufructuaron en posiciones de libre nombramiento y remoción, para los "efectos del reconocimiento de sus ejecutorias y experiencias para la evaluación de sus méritos y antigüedad con vistas a su ascenso de categoría y derecho a rotación" (sic).
No termino sin antes advertir que parece inverosímil que nuestra Asamblea, por obviar la consulta con la Escuela de Relaciones Internacionales, no se percate de que se está prestando para el juego abyecto de la Cancillería, de legalizar ascensos de diplomáticos de carrera, que en uso de licencia, eventualmente ocupaban puestos políticos, cuando tales funcionarios de acuerdo a la ley y sus reglamentos, solo pueden ser ascendidos una vez vuelvan al cargo o rango obtenido por concurso y lo que es peor, que aprueben una reforma que no beneficiará a más personas que las que se cuentan con los dedos de una mano, en detrimento de una ley, que como es del dominio público, está llamada a satisfacer las necesidades de la sociedad en general.
Prof. Titular de Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá.