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Panamá y el crimen atroz


Como abogado penalista puedo señalar que, dentro de las diversas clasificaciones que se hacen en el plano doctrinal, sobre los tipos de crímenes, destacan los llamados crímenes atroces, los realizados con saña, perversión y brutalidad. Hay en ellos un ánimo diabólico, no significa que en los otros no pueda haberlo, que impulsa la voluntad del agente, del autor, a pretender saciar su voraz programa criminal o el de su mandante, mutilando, cortando, desmembrando, decapitando, desapareciendo hasta el último residuo corporal de su víctima. Aún, luego de causar la muerte de su víctima, sigue realizando actos atroces como aquél ciudadano que luego de mutilar a una joven, procedió a cocinarla. La mente criminal ha sido materia de análisis por psiquiatras forenses, sociólogos, psicólogos, criminólogos, sacerdotes, pastores, en fin. Todos concluyen con una preocupación que elevan a rango de interrogante: ¿Qué es lo que distorsiona la mente, la inteligencia, la forma natural de ser de un individuo, de un ser humano para convertirlo en un monstruo y desembocar en este tipo de acciones? Unos dicen que las causas tienen una base genética de propensión al delito, al crimen; otros advierten que están en juego factores exógenos y endógenos –lecturas propias de los criminólogos y de los sociólogos-; el sector clerical acentúa sus preocupaciones en una total carencia de espiritualidad o falta de fe en Dios; no faltan quienes reducen el análisis a la aparición de un detonante obnubilador de la inteligencia o de la razón que le impide, al momento de realizar el crimen, al sujeto discernir o razonar su acción criminal.

En épocas pasadas todo se pretendía justificar sobre el llamado crimen pasional o el crimen emocional, partiendo de la base psiquiátrica que distingue entre pasión –duradera, permanente, constante, proyectada en el tiempo y por largos periodos-, de la emoción –descrita como pasajera, súbita e instantánea-; sin embargo, los tiempos actuales indican, tras largos estudios, que ni la pasión ni la emoción, como estados anímicos del sujeto transgresor, pueden servir como fundamentos para la eximición del hecho, salvos ciertas excepciones en donde, sin duda alguna, se descarta toda presencia del programa criminal, del llamado iter criminis –camino o recorrido del delito-, como es el caso de los epilépticos y ciertos estados de sonambulismos. Lo cierto es que me causa asombro e impresiona mi espíritu, el hecho de que en los diez últimos años, hemos sido inundados por ejecuciones horrendas, propias de superadas épocas de Jack El Destripador, que terminan dando al traste con toda mínima y eventual consideración al derecho a la vida y al concepto de una muerte digna. Hace poco pude saludar y solidarizarme con el dolor de un padre, hermanos y tía, en manifiesto luto del alma y del espíritu, por la pérdida de un amantísimo ser, joven profesional, promisorio, lleno de ensueños, de metas y aspiraciones nobles, a quien para robarle su vehículo los delincuentes le enceguecieron su existencia. Debemos ponernos, siempre, en el lugar del que sufre y ¡vaya!, ¡por favor!, pongamos un alto y declaremos, de una vez por todas un permanente luto nacional tras la negra y satánica delincuencia que se mueve en este país.