¿Por encima de la Ley?
En un Estado de Derecho, que se supone que somos, ninguna persona o institución, está o puede o debe estar por encima de la Constitución y la Ley. Lo contrario, es la negación absoluta del valor del régimen jurídico como base para la convivencia civilizada y, en consecuencia, germen de la desintegración social. Si la Ley vale para unos pero no para otros, volveremos a los oscuros tiempos cuya superación costó a la sociedad panameña, sangre y muchas lágrimas.
Una de las características distintivas de los regímenes dictatoriales es la arbitrariedad, siempre acompañada por la impunidad. Los desmanes de los dictadores y sus testaferros y agentes, o son ocultados o no son sancionados o ni siquiera investigados. Esa etapa ya la vivió y sufrió el pueblo panameño; y bajo ninguna circunstancia queremos que vuelva.
La Policía, en una democracia, tiene como función “proteger y servir” a la comunidad; previniendo el delito y capturando a los delincuentes. Y esa misión debe cumplirla dentro de un marco jurídico institucional y funcional claramente delimitado y con el más absoluto respeto a los Derechos Humanos. Los policías no son la autoridad sino agentes de ella. Y las autoridades son detentadoras transitorias del mandato que les ha concedido el pueblo para administrar el Estado. Esto es importante recordarlo y recalcarlo. Por consiguiente, en el cumplimiento de sus deberes, los policías deben acatar las directrices y órdenes de sus superiores inmediatos: el ministerio de Gobierno y Justicia y la presidencia de la República. Y el desacato debe considerarse como rebelión y debe llevar aparejada la destitución y las penas de prisión correspondientes.
El principio básico de que la Ley es igual para todos, principal soporte del Estado de Derecho, entra en crisis cuando se crean fueros y privilegios como los que la Ley 74 de 2010. Con base en ella, aunque durante los trágicos acontecimientos ocurridos en el Centro de Menores de Tocumen, testimonios filmados comprueban fehacientemente que se cometió un grave delito y que sus autores están plenamente identificados, se están patrocinando fueros y privilegios que los colocan por encima de la Ley; y todo hace presagiar que serán tratados “con guantes de seda” y poca esperanza hay de que sean condenados.
Y si al caso anterior se agrega, que el director de la Policía, arbitrariamente, ha decidido atribuirse la facultad de calificar un delito contra el patrimonio del Estado como un “asunto meramente administrativo” y ha llegado hasta el extremo de retar y desconocer las directrices de sus superiores jerárquicos, forzosamente hay que concluir que estamos ante un problema de enormes proporciones por su calado institucional.
Que el director de la policía, agente y no autoridad, se arrogue facultades desafiando a sus superiores y saltándose su condición subordinada es sumamente grave; pero lo es más aún que esos superiores vacilen para “aconductarlo”. La sola duda o la tibieza para enfrentar la crisis que ello plantea, repito, tiene un profundo calado que compromete la institucionalidad de la Nación; y de no resolverse aplicando las reglas esenciales del Estado de Derecho, traerá, nadie lo dude, irreparables consecuencias.
