Por una nueva justicia
La administración de justicia, históricamente a nivel mundial y nacional, ha tenido una serie de cambios y transformaciones que van desde la obediencia ciega a los factores reales de poder hasta su autonomía funcional.
No obstante, ya sea por la “armónica colaboración” de que habla la constitución política panameña o por la razón que sea, nunca dejan de haber rendijas por las cuales se filtran las influencias de aquellos a los que no les da la gana de que se les investigue ni se les castigue cuando infringen la ley.
Hay un episodio de la historia de un presidente, caudillo de nuestra nacionalidad, de los primeros treinta años de la era republicana, que hizo uso de sus influencias para que un sindicado de homicidio no fuese condenado por este delito.
Y qué decir de un joven, hijo de un ministro de estado de la época post invasión, que se evadió de la justicia luego que atropelló, con resultado en muerte, a varias personas; o qué decir de una joven, hija de una alta funcionaria de la administración de justicia, que atropelló a una madre con un bebé, con resultado en muerte, cuyo automóvil fue reparado y sus actos fueron encubiertos por sus familiares, y que luego fue declarada inocente.
En este recuento histórico, incompleto por cierto, recuerdo que a un profesor nuestro, que en otrora fuese uno de los procuradores generales de la nación, en el periodo más oscuro de la dictadura cívico militar panameña, en una de sus clases cuestioné el pobre papel del Ministerio Público y del Órgano Judicial durante la referida dictadura, a lo que el referido docente me increpó, pero sin argumentos sólidos para rebatirme.
El Gobierno Nacional tiene una extraordinaria oportunidad para redactar una propuesta de reforma constitucional que libere, en serio y en verdad, a la administración de justicia y al Ministerio Público, de todo tipo de interferencias, ya que nadie está ni debe estar por encima de la ley panameña.
En este sentido, ninguno de los órganos del estado debe tener la facultad de nombrar o destituir a los magistrados de mando y jurisdicción nacional, entiéndase de la Corte Suprema de Justicia , Tribunal Electoral de Panamá y Cuentas, así como tampoco en lo que respecta a los procuradores, fiscales generales y defensor del pueblo; siendo esta mención enunciativa y no limitativa, sino más bien crear un ente colegiado que se encargue de esto integrado solamente por clubes cívicos, organizaciones no gubernamentales, iglesias y universidades, o mediante una rifa o por elección popular.
Abogado y Locutor.
