Punto de Vista Le cabe todo el derecho
A Estados Unidos (EE.UU), según el Tratado de Neutralidad “Torrijos-Carter”, le cabe todo el derecho a permitir que barcos y tropas norteamericana ingresen en aguas territoriales panameñas, mientras este tratado no sea abrogado.
Según dos cables diplomáticos de la embajada estadounidense en Panamá -entregados por Wikileaks al Panamá América- el ex-presidente Martín Torrijos llegó a un acuerdo con EE.UU., el 15 de abril de 2009, para permitir que barcos de guerra del Comando Sur entraran a patrullar en aguas territoriales panameñas entre mayo y junio de 2009, justo antes de terminar su gestión (ver el Panamá América de 18-3-11).
Recordemos que cuando EE.UU. invadió Panamá el 20 de diciembre de 1989 el Secretario de Estado norteamericano, James Baker, dijo, con relación a la base legal en la cual EE.UU. se apoyó para perpetrar esa invasión, lo siguiente: “Estados Unidos tiene tanto derecho -en lo que a esto respecta- como el deber de proteger y defender el Canal de conformidad con el Artículo IV del Tratado del Canal de Panamá, al cual el Gobierno de Panamá dio, por supuesto, su consentimiento” (ver el “New York Times” de 21 de diciembre de 1989, pp. A19 y A22).
Ese Artículo IV dice lo siguiente: “La República de Panamá y los Estados Unidos de América convienen en mantener el régimen de neutralidad establecido en el presente tratado, el cual será mantenido a efecto de que el Canal permanezca permanentemente neutral, no obstante la terminación de cualquiera otros tratados celebrados por las dos partes contratantes”. A este Artículo IV se le adicionó la “Enmienda del Derecho Unilateral”, que estipula: “(...) Panamá y los Estados Unidos tienen la responsabilidad de asegurar que el Canal permanecerá seguro y abierto a las naves de todas las naciones. La interpretación de este principio es que cada uno de los dos países, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales, defenderá el Canal contra cualquier amenaza al régimen de neutralidad y por consiguiente tendrá derecho a actuar en caso de una agresión o amenaza dirigida contra el canal o contra el tránsito pacífico de navíos a través del canal. Esto no significa, ni deberá ser interpretado como un derecho de intervención de los Estados Unidos en los asuntos internos de Panamá. Cualquier acción de los Estados Unidos estará dirigida a asegurar que el canal permanecerá abierto, seguro y accesible, y nunca estará dirigida contra la integridad territorial o independencia política de Panamá” (sic.).
Los Tratados Torrijos-Carter son dos: uno sobre reversión de tierras y bienes muebles, que se cumplió el 31 de diciembre de 1999, y el de “Neutralidad” del canal, que no tiene fecha de vencimiento.
