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Refugiados

Por: Redacción 29/08/2013

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Un proyecto de ley presentado por el Ministerio de Seguridad abriga el propósito de concederles la categoría migratoria de residente permanente a los refugiados y asilados extranjeros que permanecen en territorio panameño por el lapso de tres años o más. El cambio de categoría migratoria permitirá que los refugiados y asilados que cumplan los requisitos obtengan mediante abogado, permiso de trabajo por tiempo indefinido y de esa manera atender las necesidades de subsistencia en el país.

El proyecto N.° 623 se acoge a la normativa internacional desarrollada a partir de la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que establece que las personas deben gozar de las libertades fundamentales. Poco tiempo después, la ONU aprobó en 1951 la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

En 1977 empezó a regir el Protocolo del Estatuto de los Refugiados para extender geográficamente su ámbito territorial debido a que el Estatuto originalmente se estableció para proteger a los refugiados de Europa en la Segunda Guerra Mundial. Gracias al Protocolo, la protección de la ONU a los refugiados se ha extendido por el mundo entero.

Por razones profundamente humanitarias, la República de Panamá, la Asamblea Nacional en 1950 reconoció el Estatuto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para la protección de los refugiados (Acnur) por la resolución N.° 428 de 1950. Más adelante adhirió al Protocolo de Refugiados de 1977. Pero fue con la Ley N.° 25 de 2008 que se aprobaron, con carácter excepcional, los requisitos que deben cumplir los refugiados y asilados extranjeros para tramitar la categoría migratoria de residente permanente.

La oficina de Acnur en el país solicitó el apoyo legislativo para poder formalizar el nuevo estatus migratorio de numerosos refugiados que llegaron a nuestro país de Colombia y Centroamérica, huyendo de los actos de violencia desencadenados por fuerzas subversivas. Han sobrevivido esas personas en la zona fronteriza gracias al apoyo económico de la Acnur y del Estado panameño, pero sin poder trabajar en forma legal premunidos de una visa otorgada por el Servicio Nacional Migratorio adscrito actualmente al Ministerio de Seguridad.

Como Estado soberano miembro de la Organización de las Naciones Unidas y por adhesión a los principios humanitarios del Estatuto y el Protocolo de los Refugiados, Panamá asume compromisos jurídicos adquiridos a la luz del Derecho Internacional Público, ahora consolidados específicamente con el refrendo del proyecto de ley N.° 623, que en la exposición de motivos sustenta los fundamentos.

De acuerdo con la Acnur, en la actualidad hay 111 millones de refugiados radicados en diversos continentes. Sin embargo, es probable que se haya ampliado la cantidad de refugiados como consecuencia del éxodo provocado por la trágica guerra civil de Siria.

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Jueves 13 de agosto de 2026