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Registro judicial (II)

Por: Redacción 28/03/2015

Ya nada es igual, pero la publicidad será siempre el alma de la justicia, y el Registro Judicial pasó de ser un libro grande que contenía la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá a un archivo PDF, reproducible gratuitamente con solo hacer la respectiva descarga. Sin embargo, hay que decirlo, la página del Órgano Judicial de Panamá no es tan amigable al visitante y es poco accesible en los dispositivos móviles, que cabe decir, están desplazando a las computadoras.

En nuestro país el acceso al internet continuo no ha llegado a buena parte de la población, por lo cual se hace difícil aquello de la justicia sin papeles.

Hay sentimientos encontrados. Con el cese de la publicación en papel de los Registros Judiciales el medio ambiente agradece, porque la cantidad de árboles talados para hacer uno de esos libracos debía ser inmensa, sin embargo, la publicación en papel podía llegar a lugares en los que se necesitaba y donde el internet es un mito, por ejemplo, bibliotecas municipales, facultades de Derecho de extensiones universitarias o a las autoridades jurisdiccionales de recónditas partes del país, piénsese en alguna corregiduría del Municipio de Chimán o los juzgados de circuito La Palma, en Darién.

Problema del centralismo que no es práctica única del Órgano Ejecutivo, ahora vemos que todos los diputados revolucionarios democráticos quieren ser presidentes de la Asamblea. ¿Y en el Órgano Judicial? Bueno, cuando se tomó la decisión de suspender las publicaciones en papel del Registro Judicial se pensó como si Panamá fuese solamente su ciudad y las cabeceras de provincias o donde hubiese internet, porque sin internet simplemente no hay Registro Judicial, es decir, sin internet no puede conocerse la jurisprudencia, que hace parte importante del régimen jurídico nacional al ser las decisiones de los Tribunales.

Ataque a la raíz del centralismo jurisprudencial: debe tenerse en cuenta que la jurisprudencia no la hace solamente la Corte Suprema de Justicia de Panamá en pleno o sus cuatro salas. Existen también juzgados municipales, juzgados de circuito y tribunales superiores de justicia que diariamente hacen jurisprudencia. ¿Por qué no tienen estos despachos sus propios Registros Judiciales?

Sería muy interesante que el Órgano Judicial pudiese autorizar a cada juzgado o tribunal de cualquier parte del país a tener su propio blog donde diariamente publique sus resoluciones o por lo menos hacer de acceso público por algún medio escrito las resoluciones de los diferentes casos para quien quiera consultarlas, siendo esta una forma de fiscalización del trabajo de nuestros jueces y magistrados, en las condiciones propuestas la labor intelectual de impartir justicia pasaría de ser un ejercicio casi anónimo a un trabajo plenamente reconocible (o censurable) por la ciudadanía.

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Viernes 31 de julio de 2026

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