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Represión ¡No!: Prevención


Cada vez que ocurre una tragedia en materia de accidentes de tránsito, de manera recurrente las autoridades de turno adoptan la “salomónica” idea de aumentar el monto de las sanciones por infracciones al reglamento de circulación vial. Esta costumbre no es privativa en este asunto, se maneja también en el Órgano Judicial con el aumento de penas a menores infractores o involucrados en crímenes y las penas en diferentes actividades delincuenciales. No censuramos las actualizaciones o cambios que se realicen para ajustar a contener la grave situación que vive el país; sin embargo, las estadísticas en cifras demuestran que la medicina no es suficiente para extraer el mal, o provocar que la enfermedad tenga un nivel aceptable que el cuerpo pueda tolerar y con el cual pueda convivir sin alteraciones.

En tal sentido tengo que ser lacónico al señalar que existe una carencia y deficiencia en el tema de supervisión y fiscalización diurna y nocturna en las vías. Esto es irrefutable ya que cuando ocurre una colisión o accidente, son de 3 a 4 horas para la presencia de un inspector. El SIA que es el Sistema de Información de Accidentes, ubica los lugares propensos y concurrentes en la captación, pero inexplicablemente adolece de su atención. Se conjugan dos elementos adicionales como son la iluminación y señalización, que insisto debe recurrirse a la adquisición de material de tecnología de punta que aunque costoso, a largo plazo resulta menos oneroso. Una sencilla pero prolija investigación en campo, ratifica y sustenta el planteamiento.

Aunado a esto, escucho y veo con asombro, que en la A.T.T.T. hay una nueva oficina o departamento, Centro de Capacitación Vial, que no cuestiono s u objetivo, lo que censuro es que el mismo no existe en la estructura orgánica de la institución. Contrario a ello, el CONTSEVI, Consejo Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, es un organismo creado por Ley, mediante Decreto Ejecutivo 640 de 27 de diciembre 2006, que tiene pendiente la aprobación del Reglamento Interno por Junta Directiva y que el mismo sea incorporado oficialmente, de tal forma que como unidad ejecutora, goce de partida presupuestaria para desempeño y labor.

Es necesaria una agresiva dinámica en escuelas, empresas, instituciones del estado y las comunidades organizadas, de manera que los programas de educación y adiestramiento a la población, conductores y peatones sean aplicados con la intensidad y sostenimiento debido, que generen la preocupación y conciencia ciudadana. No tengo la menor duda que medios de comunicación y sociedad en su conjunto se integrarán en la tarea. De lo contrario, estos aumentos en las sanciones solo servirán para que las negativas unidades en la institución, conviertan la medida en una jugosa y fructífera actividad, especialmente abusando de los presuntos conductores en estado etílico. Aquí se requiere fortalecer e innovar la idea del Conductor Designado.