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Segunda vuelta o dando vueltas


El 18 de abril de 1994 el pleno de la Corte Suprema de Justicia, conociendo de una demanda de inconstitucionalidad impetrada por el abogado Guillermo Cochez en contra del Artículo 255 del Código Electoral, determinó que la norma no era inconstitucional y que no era viable darle al artículo 172 de la Constitución Nacional –hoy artículo 177- una interpretación forzada para concluir que dicha norma podía interpretarse en el sentido de concluir que al no distinguir el concepto de “mayoría”, también podía estimarse que estaba consagrada la segunda vuelta electoral –mayoría absoluta-, no era cónsona con la costumbre constitucional que se venía dando desde la Constitución de 1941, que es la que por vez primera establece en Panamá el sistema electoral del “firs past post” –sistema inglés de la mayoría simple u ordinaria para la elección del presidente de la República mediante sufragio popular directo-, pero por otra parte, la Corte señaló que la costumbre constitucional se integraba al bloque de la constitucionalidad en Panamá.

La Corte fue más allá de la interpretación constitucional y decantó su análisis en un criterio altamente político del cual no quiso sustraerse, advirtiendo que “…y cualquier cambio en el sistema electoral para elegir al Presidente de la República, lo único que traería para la Nación en su organización política es el desconcierto y la inseguridad jurídica”.

Por ello, me he atrevido a señalar en diversos medios de comunicación que toda eventual posibilidad de introducir mediante una ley la segunda vuelta electoral, amén de ser claramente inconstitucional, ya la Corte, guardiana única y defensora de la integridad de los textos constitucionales, castró esa pretensión. Se requiere, para introducirla en nuestro sistema electoral, reformar la Constitución Nacional.

Las encuestas serias han indicado que el pueblo no quiere la segunda vuelta electoral. Ahora se recurre al argumento que hay que explicarle al país porque “este no sabe en qué consiste ”. El presidente Martinelli ya ha dicho que se irá a la reforma y a la consulta popular.

Luego, sin duda alguna, que es obcecada y psicótica la posición del hemiciclo panameño, en donde los diputados parecieran mantener la posición de que seguirán adelante con la propuesta de ley que pretende instaurarla vía legislativa soslayando a la propia Constitución Nacional. Al menos el presidente ha dado un frenazo en seco y ha dicho “el camino no es por allí”.

José D. Moscote y César A. Quintero, dos de los más preclaros constitucionalistas en nuestro medio, cada cual en el espacio y época que le correspondió vivir, a través de ensayos y obras publicadas, lo advirtieron: la Constitución consagra un sistema electoral para la elección del presidente consistente en la simple mayoría y no otro.