Seguridad del Estado y régimen democrático

Por: Redacción 30/07/2011

Las noticias difundidas sobre “hackers”, que supuestamente accedieron a los correos y sistemas computaciones del Ministerio de la Presidencia, así como también los casos relacionados con “escuchas telefónicas” y “violación de la correspondencia”, me motivan a realizar algunas reflexiones.

Los que gobernaron el país, en el pasado, utilizaron un sistema de “inteligencia y contrainteligencia” dedicado a “preservar la integridad de las instituciones públicas”, aunque en la práctica se convirtió en un “aparato de terror y persecución política”.

Después del 20 de diciembre de 1989, se dio un retorno lento, pero significativo, hacia la “democracia y la constitucionalidad”, que permitió que los subsiguientes gobernantes fuesen escogidos, no por el poder de las armas, ni del fraude, sino por el voto popular, lo que incluye que la “vigilancia gubernamental”, enunciada en líneas superiores, fuese eliminada o al menos atenuada.

Recuerdo que un conocido, entre los años 1998 y 1999, me narró una experiencia que supuestamente tuvo. Buscaba trabajo y un día leyó un clasificado. Se reunió con las personas del anuncio. Fue engañado, ya que en realidad se trataba de una convocatoria para ser parte de la “seguridad del Estado”. Además, me habló de la existencia de “un andamiaje” dedicado a investigar, a lo largo y ancho del país, todas las actuaciones de los habitantes relacionadas con la “desestabilización de la democracia” y la “comisión de hechos delictivos”, sin contar previamente con la autorización del Órgano Judicial.

No soy un experto en seguridad, sin embargo, considero que los gobiernos tienen el deber de utilizar todos los medios a su alcance para defender los derechos individuales y sociales, eso sí, sin violarlos, ya que el Ordenamiento Jurídico tiene como impronta la observancia de los principios de estricta legalidad y del debido proceso. Es decir, solo una “autoridad judicial”, con el lleno de las formalidades legales correspondientes, en el contexto de un proceso penal, es el único facultado para autorizar el acceso a las comunicaciones, la correspondencia y los documentos.

Las líneas para los investigadores de “seguridad nacional”, entre el deber y la indiscreción, son muy tenues, ya que tienen la oportunidad de obtener información personal de los investigados, que no necesariamente se trate de asuntos relacionados con la delincuencia, el crimen organizado y la desestabilización política, frente a la tentación de utilizar indebidamente esta información.

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Jueves 28 de mayo de 2026
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