¿Sorprendedores o sorprendidos?
La confrontación por la segunda vuelta, que se produjo en “la Concertación”, cuando un grupo de participantes en la mesa 3, decidieron declarar “expirado el plazo” de sustentación y archivarla, invocando “falta de interés del gobierno”, según ellos demostrada por la inasistencia de su vocera, la ministra Cortés, quien alegó que nunca fue citada, reactivó diferencias, de profundo calado, entre Cambio Democrático y los panameñistas. El presidente Martinelli las reflejó, al reaccionar diciendo que habían intentado “colarle un gol de media cancha”.
Como todos los dirigentes de los partidos de la alianza oficialista han dicho -no importa que de dientes hacia fuera- estar a favor de la segunda vuelta, con la diferencia de que los panameñistas insisten en que sea por vía constitucional, la sorpresiva alineación de su vocero con los representantes del PRD, fue, como mínimo, incongruente y, como era de esperar, levantó muchas ronchas entre las huestes de CD.
Desde luego, no es verdad que la segunda vuelta sólo puede adoptarse por vía de una reforma constitucional. Por su indiscutible conveniencia para el futuro fortalecimiento de nuestra enclenque democracia, se la puede aprobar mediante una Ley, que tendría perfecto fundamento en el “texto vigente” del Artículo 177, de la Constitución. Este, por la reforma constitucional del 2004, ahora dice que el presidente será elegido “por la mayoría de votos”. Antes de la reforma, solo decía “por mayoría”. La diferencia es conceptual. “Por mayoría” puede entenderse cualquiera; pero, “por la mayoría” solo cabe entender que se requiere de “la mayoría absoluta”. La ley, en vías de aprobación por la Asamblea, desarrollaría esa norma y su correcta interpretación.
La adopción de la segunda vuelta mediante una ley, tampoco impide que, después, pueda ser elevada al rango constitucional. Así ocurrió con la Defensoría del Pueblo. Si la introducción de la segunda vuelta es conveniente para fortalecer la democracia con gobiernos representativos de la mayoría de la ciudadanía, ¿por qué enfrascarse en el método y sacrificar el contenido? Lo práctico y, además sensato, es adoptarla por vía legal y, después, si se diera la oportunidad, consagrarla constitucionalmente.
Lo ocurrido en “la Concertación”, ha tenido un efecto contrario al que buscaban sus promotores. Y al partido Cambio Democrático, la coyuntura le ha servido para conseguir dos victorias tácticas. Una, declarada: apurar la aprobación de la segunda vuelta por la vía de una ley. La otra, no declarada pero evidente, por sus resultados: dividir más la bancada panameñista y aumentar la suya, con aliados, de adentro, y de afuera.