Una ventana abierta
Los negociadores de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) y el consorcio Grupo Unidos por el Canal (GUPC) acordaron extender el plazo hasta mañana en un último esfuerzo de conciliación de los aportes financieros. Al parecer se ha abierto una ventana de posible entendimiento que permita el reinicio de las obras que se encuentran paralizadas desde que GUPC, liderado por la empresa española Sacyr Vallehermoso emitiera un ultimátum en forma de preaviso de paralización si no se le reconocen los alegados sobrecostos, que la ACP no acepta por no estar considerados en el contrato. Si no se llega a un acuerdo, la ACP quedará con las manos libres para reanudar las obras con otros contratistas. No es práctico continuar negociando si GUPC no tiene recursos financieros para concluir la construcción del tercer juego de esclusas.
En el informe trimestral de gestión, la ACP informa de la reunión sostenida en noviembre de 2013 con la compañía afianzadora Zurich como una medida estratégica para financiar las obras inconclusas. El Plan B es indispensable para que la ACP asuma de inmediato la contratación de nuevos contratistas y se cumpla el compromiso contraído con Panamá, la industria marítima y el comercio internacional. Las empresas extranjeras tienen una visión estrecha del problema que ellas han creado, al no ceñirse a las cláusulas del contrato que establece hasta tres instancias para presentar reclamos por sobrecostos, pero debidamente sustentados.
GUPC ganó la licitación internacional con una suma de dinero calculada por las mismas empresas. Si desde la firma del contrato se han producido variaciones en los costos de materiales, tienen libertad para la presentación de pruebas consistentes que la ACP considerará dentro de los procedimientos de reclamaciones contemplados por el contrato.
Cifras oficiales demuestran que GUPC ha recibido 2,884 millones de los 3,200 millones de dólares del contrato global. Además la ACP ha desembolsado 160 millones por variaciones de precios del cemento, acero, diésel y planilla.
La posición de la ACP debe regirse siempre por las cláusulas del contrato suscrito dentro del contexto jurídico panameño. No puede aceptar acuerdos extracontractuales, ni la participación de leyes extranjeras porque entrañaría la suspensión de la jurisdicción nacional y la pérdida de la competencia de nuestros tribunales. Los contratos públicos son regulados por la Ley 22 de 2006, modificada por la Ley 41 de 2008: la Ley 69 de 2009; la Ley 80 de 2009; la Ley 12 de 2010. Se establece así que los contratos públicos se rigen por el procedimiento de convocatoria pública para seleccionar, en igualdad de oportunidades, a las empresas que reúnan los requisitos contemplados por las leyes, reglamentos y pliegos de cargos. La ACP posee autonomía administrativa para celebrar contratos públicos, dentro del marco jurídico nacional.
El conflicto ha surgido por la insolvencia financiera de Sacyr dentro del cuadro de la crisis económica que azota empresas, bancos, entidades privadas y estatales de España. La República de Panamá y América Latina han abierto la puerta a muchas de las empresas españolas para que participen en licitaciones de obras públicas de todo tipo. Pero tampoco se puede permitir que se muerdan las manos generosas latinoamericanas.