Violencia contra las indígenas
En décadas recientes, se ha reconocido la importancia de haber documentado las muertes violentas de mujeres en Panamá. Analizar aspectos desde la perspectiva de la mujer, cuando haya que esclarecer los motivos que condujeron a su muerte, investigar al victimario, las preguntas de tiempo, modo, lugar, área de ocurrencia u otras relevantes, son respuestas determinantes que se esperan de las instituciones competentes y del Estado panameño.
Cobran importancia las estadísticas que invisibilizan las muertes violentas de mujeres desde la etnicidad, discapacidad, nivel de pobreza, el contexto comarcal de las víctimas, las razones por las cuales migran a todas las provincias y los factores de riesgo para las niñas y adolescentes; incluimos el subregistro de hechos violentos solapadas por la cultura e infravaloradas por las mujeres, al no percibir la importancia en denunciar sucesos contra su vida personal.
Desde 2011 hasta diciembre de 2014, ocurrieron 8 muertes violentas de mujeres emberá, ngäbe y guna. Dos de las muertes fueron femicidio íntimo, una ngäbe y la otra emberá. Excepto un caso ocurrido en la comarca Ngäbe en 2014, las demás mujeres fallecieron fuera de ella en Panamá, Chiriquí y Bocas del Toro. Durante 2011, murieron cuatro mujeres y los siguientes periodos presentaron un caso por año, excepto 2014, en que fallecieron dos.
En esta etapa de seguimiento, encontramos desapariciones y violencias contra indígenas ngäbes embarazadas en Chiriquí. Durante el año 2013, una mujer fue cruelmente maltratada en Tocumen por su pareja, otra fue lanzada al Río Fonseca durante la noche por su esposo. Los diarios revelan la grave situación de la mujer ngäbe y emberá al denunciar abusos sexuales, violencia durante el embarazo, agresión física u otras formas de agresión.
Es significativa la opinión del Relator Especial sobre derechos de los pueblos indígenas, de las Naciones Unidas en 2013, cuando mujeres expresaron que son discriminadas y no participan de las estructuras tradicionales. Sostiene que los indígenas deben combatir el patriarcado, la persistente superioridad y toda justificación de discriminación contra la mujer basada en presuntos aspectos culturales.
Implementar las responsabilidades que establece la Ley 82 de 2013, la aplicación correspondiente de las políticas públicas de igualdad de oportunidades para las mujeres, atribuciones que deben cumplir los municipios y autoridades comarcales además, la creación de centros integrales para las mujeres indígenas constituyen necesidades impostergables de inmediato cumplimiento.