Diferencias entre Asamblea y MP por suspensión de debate de "muerte civil"

El Ministerio Público aclara que no es proponente del Proyecto de Ley, por lo que "a nuestro criterio no había razón alguna para que se suspendiera dicho debate".


El primer debate del proyecto de ley que propone introducir en la legislación penal la figura de la “muerte civil”,  para que se inhabilite de manera perpetua para ejercer funciones públicas a todas aquellas personas que sean condenadas a cinco o más años de prisión por delitos contra la administración pública, fue suspendido este martes 20 por los diputados de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.

 

Los diputados de la Comisión de Gobierno alegaron que la decisión se tomó debido a que no asistieron funcionarios del Ministerio Público, del Órgano Judicial y de  otras instituciones interesadas en el tema. 

 
 

No obstante el Ministerio Público mediante un comunicado informó que "la institución no tuvo conocimiento de esta sesión que había sido programada en la Asamblea Nacional".

 

 
 

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Agrega que "tampoco hemos identificado una invitación para que se asistiera al primer debate como ha sido informado a través de los medios de comunicación, por lo que se hacen los contactos ante la Presidencia de la Comisión de Gobierno, para obtener mayores detalles de esta reunión del cual el Ministerio Público no tenía conocimiento alguno".

 

Aclara que el Ministerio Público no es proponente del Proyecto de Ley, por lo que "a nuestro criterio no había razón alguna para que se suspendiera dicho debate. Es así que nos encontramos en disposición y anuentes en colaborar con los aportes técnicos que se requieran".

 
 

Juan Diego Vásquez, estudiante de derecho y uno de los proponentes, dijo que pareciera que la Asamblea está "esquivando" la discusión.

 

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El joven dirigente cuestionó que ¿Los diputados van a esperar que la procuradora o el Órgano Judicial vengan? ¿Y si nunca vienen? nunca lo vamos a debatir. Es inexcusable que la Asamblea esquive la discusión".

 

Este proyecto introduce un artículo a la Ley 22 de 2006 para que se inhabilite legalmente para contratar con el Estado a cualquier persona natural o jurídica que sea declarada responsable por delitos contra la administración pública ante los tribunales.

 


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1097775
Autor
Redacción/nacion.pa@epasa.com/@PanamaAmerica
Fecha y hora de publicación

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Viernes 14 de agosto de 2026