Información que debes saber sobre la Constituyente

En este caso, la Constituyente paralela fue convocada del Ejecutivo y necesita ser ratificada por las dos terceras partes del Órgano Legislativo, es decir 36 votos favorables de los diputados.

La Constitución ha sido varias veces reformada.
La Constitución ha sido varias veces reformada.

Muchas personas se preguntan qué es una Constituyente, cómo se adopta, quién la convoca y cuál es su finalidad? Todas estás interrogantes surgen tras el anuncio del presidente de la República Juan Carlos Varela de realizar una consulta para explorar la posibilidad de convocarla.

 

La Constituyente paralela es una de las formas que existe para una nueva Constitución en la República de Panamá.

 
 

Según el Artículo 314 de la Constitución Política: "Podrá adoptarse una nueva Constitución, a través de una Asamblea Constituyente Paralela, que podrá ser convocada por decisión del Órgano Ejecutivo y ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo o el voto de las dos terceras partes de sus miembros". 

 

 
En este caso, la Constituyente paralela fue convocada del Ejecutivo y necesita ser ratificada por las dos terceras partes del Órgano Legislativo, es decir 36 votos favorables de los diputados.

 

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También puede ser convocada por iniciativa ciudadana, y tendría que presentar en un plazo de 6 meses las firmas de al menos el 20% del total de las personas inscritas en el Registro Electoral hasta el 31 de diciembre del año anterior la solicitud.

 

 
Le corresponderá al Tribunal Electoral acoger la iniciativa propuesta y hacer la convocatoria a la elección de los constituyentes (60), en un lapso entre tres y seis meses desde la formalización de la solicitud de convocatoria.

 

En ese lapso deberá redactarle y luego ser entregada al Tribunal Electoral (TE) para llamar a un referéndum y el pueblo será el que apruebe o rechace la nueva Constitución.

 

Importante mencionar que la nueva Constitución empieza a regir con su publicación en la Gaceta Oficial, la cual deberá hacerse hasta 30 días del referéndum o 10 días luego de ser ratificada por la Asamblea Nacional.

 

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1104709
Autor
Amett Pérez / panamaamerica@epasa.com
Fecha y hora de publicación

Edición Impresa

Viernes 14 de agosto de 2026