Municipios podrán contratar nuevo personal en tiempos de pandemia

Las reformas a la Ley de Descentralización no solo les garantiza a los alcaldes pagar la planilla de unos 12,500 empleados hasta fin de año, también les permite contratar "personal transitorio", incluso después de que acabe la emergencia nacional.

Los municipios del país solo podrán usar este año el 100% de los fondos que reciban por el Impuesto de Inmueble para financiar su funcionamiento, lo que fue calificado por la Asociación de Municipios de Panamá como apenas un "respiro".

Esta posibilidad forma parte del "salvavidas" que la Asamblea Nacional y el Ejecutivo le lanzaron a los municipios para que puedan pagar su planilla.

 

No obstante, las reformas le dan la posibilidad a los municipios de aumentar el renglón de planilla, a través de la partida denominada "Personal Transitorio", que se destinará a la contratación de empleados para labores específicas que tengan que ver con la mitigación de los daños causados por la pandemia de COVID-19.

Este personal podrá ser contratado con una vigencia posterior al levantamiento de la emergencia nacional decretada por la pandemia de COVID-19, pero su remuneración no podrá ser mayor al salario mínimo vigente en la república de Panamá.

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También los municipios podrán destinar fondos provenientes del Impuesto de Inmueble a otros gastos administrativos y sociales durante la vigencia 2020.

La distribución de estos fondos en las diferentes unidades administrativas de los municipios se hará dependiendo de los servicios que prestan a la comunidad, la extensión territorial y la densidad de la población que cubren.

Y es que para evitar abusos y malos manejos, la Ley de Descentralización originalmente plantea que los municipios solo podrán destinar un 10% del monto que reciban por el Impuesto de Inmueble a gastos de funcionamiento, pero en los semiurbanos y rurales hasta un 25%, si así lo requieran.

 

La posibilidad de que se use el 100% de este fondo para el pago de la planilla hasta fin de año y del dinero no utilizado en los años 2016, 2017, 2018 y 2019, se introdujo mediante un parágrafo transitorio.

Sin embargo, la utilización de estos fondos deben ser autorizados mediante acuerdos municipales y estarán sujetos al control previo de la Contraloría de la República, como establece el artículo 180 de la Constitución Nacional.

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El fondo del Impuesto de Inmueble será distribuido entre los municipios en base al Presupuesto de Gastos aprobado.

No obstante, la situación de emergencia nacional no exime a los municipios y juntas comunales de pagar todos los cuatrimestres el 1% del total que le asigne el Gobierno Central para inversión a la Asociación de Municipios de Panamá (AMUPA) para su funcionamiento.

El presidente de la AMUPA, Alex Lee, advirtió que estos fondos son apenas un "respiro" para algunos municipios del país, porque existen otros que, a pesar de la aprobación de estos fondos, seguirán enfrentando problemas para seguir operando.

De acuerdo con Lee, hay municipios en donde las recaudaciones han caído prácticamente al cero por ciento.

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Para garantizar que los municipios más pobres reciban también una suma digna de esta partida, la Ley plantea una fórmula denominada "Solidaridad Intermunicipal", que consiste en aplicar una operación matemática en la que los ayuntamientos más grandes destinen parte de su dinero a los más chicos.


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Redacción | nacionpa@epasa.com | @PanamaAmerica
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Lunes 15 de junio de 2026