La presidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego Smith, advirtió que esta institución sí cumplió con las formalidades y disposiciones contempladas en las Normas Generales de Administración Presupuestarias, aplicadas a todo el sector público, referente a la planilla 172.
En una carta enviada al contralor Federico Humbert, Ábrego señala que los contratos de la Asamblea Nacional utilizan el mismo formato que rige para toda la administración pública y “no es producto de un actuar independiente o que se maneja únicamente en este Órgano del Estado”.
Uno de los argumentos de la negativa del Contralor guarda relación con la supuesta falta de la ubicación de la prestación de los servicios, pero “en las propias clausulas del contrato, las partes estipulan que el contratista se obliga a prestar sus servicios profesionales en la provincia de Panamá (cláusula primera del contrato)”.
detacasa que en la misma cláusula primera aparecen los cargos que ocupan los contratistas, y que los mismos fueron homologados por el propio Ministerio de Economía y Finanzas y de conocimiento previo por parte de la Contraloría General de la República.
En tanto, en la cláusula tercera de cada uno de los contratos, utilizados por años, se deja claramente establecido el pago de los contratistas en cumplimiento con la entrega de informes mensuales sobre sus labores efectuadas.
“Si no hay informe de la labor realizada, no hay pago”, subraya la carta de Ábrego al Contralor.
Agrega que las respuestas a cada una de las interrogantes planteadas por el Contralor sobre ubicación, pago de honorarios, informes o producto final y actividades específicas se encuentran insertas en los mismos contratos, “por lo que no compartimos el criterio expuesto por su despacho”.
La presidenta Ábrego advirtió al Contralor que “el formato utilizado fue adoptado con el visto bueno y recomendaciones de la Dirección de Asesoría Legal de la Contraloría como de uso general en todo el sector público, por lo que nos llama la atención que se busque en ellos elementos que no forman parte de su contenido”.
En relación a la recurrencia de contratar o no un personal cuyo contrato vence, la Jefa del Legislativo indicó que esta decisión compete a la propia entidad contratante, según el análisis que se haga de cada caso en particular.
Con respecto al desglose por diputado, todas las contrataciones las realiza el representante legal de la Asamblea Nacional, de conformidad con la legislación vigente, es decir, el presidente o presidenta de esta institución.
Para la presidenta Ábrego, la Contraloría está introduciendo elementos subjetivos al pretender reglamentar las Normas del Presupuesto, contenidas en la Ley 72 de 2017, con el único fin de negar el refrendo a los contratos presentados y que se encuentran en ejecución, ya que corresponden al primer semestre del 2018.
La presidenta reiteró que todos los contratos enviados a la Contraloría para el refrendo cumplen en su totalidad la normativa vigente, “por lo que consideramos que no son viables las objeciones realizadas”.