Nuevo impuesto comienza a regir en el distrito de Chame

El nuevo tributo abarca además al sector turístico, basándose para ello en la ley 6 del 8 de octubre de 1973. Foto: Eric A. Montenegro
El nuevo tributo abarca además al sector turístico, basándose para ello en la ley 6 del 8 de octubre de 1973. Foto: Eric A. Montenegro

El Municipio de Chame en la provincia de Panamá Oeste, comenzará a aplicar un nuevo impuesto del 10% en el arrendamiento para fines comerciales y habitacionales.

El nuevo tributo abarca además al sector turístico, basándose para ello en la ley 6 del 8 de octubre de 1973.

Para los ediles chameros la aplicación de un gravamen a esta actividad se impone considerando que ambas actividades están generando ingresos económicos a los arrendatarios y subarrendatarios.

 

Según el acuerdo N.º.04 del 10 de mayo de 2023, los dueños de plazas comerciales o comercios que mantengan locales en alquiler o arrendamiento, siempre y cuando estén ocupados, deberán pagar mensualmente un 10% de impuesto al municipio.

El nuevo impuesto entró a regir el pasado 13 de junio, luego de ser publicado en la Gaceta Oficial de esta fecha.

El pago del canon de 10% es aplicable a establecimientos de alojamiento turístico como: albergues, apartahotel, cabañas, hostal familiar, hoteles, moteles, régimen turístico de propiedad horizontal.

 

Además de sitios de acampar y otros sitios reconocidos por la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP).

En este caso se palica cuando su prestación esté dirigida principalmente a turistas o visitantes.

En el artículo tercero del documento se establece la obligatoriedad para quienes ejercen la actividad de arrendamiento y alquileres temporales registrarse ante el municipio de Chame.

 

Igualmente, se advierte de la aplicación de una multa de $100.00 a $1,000.00 de no cumplirse con los requisitos de registro.

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Martes 9 de junio de 2026