El 21 de julio de 2009, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, con el salvamento de voto de Jerónimo Mejía y Esmeralda Arosemena de Troitiño, declararon inconstitucional el artículo 233 del Código Electoral, que limitaba la postulación de candidatos a presidente de la República a los partidos políticos.
La demanda fue presentada por el economista Juan Jované, luego de que le fuera rechazada por el Tribunal Electoral una solicitud para iniciar los trámites como candidato independiente mediante un acuerdo fechado el 16 de diciembre de 2008.
El único magistrado que salvó su voto fue Gerardo Solís, quien sustentó que “no debemos perjudicar la libertad del proceso político, ni la más amplia participación en el mismo”, al justificar su decisión.