Con el objetivo de garantizar la transparencia en el Sistema Penal Acusatorio (SPA), el Órgano Judicial de Panamá emitió una estricta prohibición a todos los jueces y magistrados del país para que se abstengan de solicitar o intervenir en la asignación de audiencias particulares al personal administrativo.
La medida fue oficializada a través de la Circular N.º 12/OMESSPA/2026, emitida por la Oficina de Monitoreo, Evaluación y Seguimiento del Sistema Penal Acusatorio (OMESSPA), bajo la firma de su coordinadora general, la licenciada Evangelina Araúz Adames.
De acuerdo con el documento, la disposición responde a instrucciones directas de la magistrada Maribel Cornejo Batista, presidenta de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La circular enfatiza que el agendamiento y la distribución de las audiencias constituyen una facultad única y exclusiva de los coordinadores y de las directoras de las oficinas judiciales a nivel nacional.
El texto oficial detalla que este proceso regulatorio "deberá realizarse con estricto apego al procedimiento y a los parámetros previamente establecidos, sin interferencias de terceros, sean o no servidores judiciales". Con esto, el Órgano Judicial busca asegurar la equidad y blindar de opacidad el manejo de las causas penales dentro de la esfera judicial.
Finalmente, la jefatura de la OMESSPA instruyó a las directoras de las oficinas judiciales de toda la república a velar por el cumplimiento riguroso de esta nueva directriz, cuya copia formal fue remitida tanto a la magistrada Cornejo Batista como a la magistrada María Eugenia López Arias, de la Sala Segunda de lo Penal.