La Asamblea Nacional incrementó hasta $5 millones las multas a las personas jurídicas que incumplan las normas de transparencia en materia fiscal internacional.
El Pleno de la Asamblea aprobó en tercer debate el proyecto de ley 624 que adecúa seis legislaciones sobre transparencia fiscal internacional para frenar el ingreso de Panamá en las listas negras de países no cooperadores en esta materia.
El proyecto, que ahora está pendiente de sanción o rechazo del Ejecutivo, modifica el artículo 7 de la Ley 52 de 2016 y aumenta de hasta $100 mil la multa diaria a los infractores de la norma, a $5 millones dependiendo de la gravedad de la falta, la reincidencia y la magnitud del daño.
Antes de la reforma el artículo en mención establecía multas desde los mil dólares hasta los $100 mil diarios hasta que el infractor subsanara la falta.
En las reformas aprobadas en tercer debate se establece también que los agentes residentes serán sancionados por la Dirección General de Ingresos (DGI) con multas que van desde los $5 mil hasta los $100 mil, dependiendo de la gravedad, la reincidencia y el daño causado.
El documento fue presentado a la Asamblea por el propio ministro de Economía y Finanzas, Héctor Alexander, el 28 de abril pasado, y busca cumplir con estándares internacionales de transparencia fiscal internacional de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Prevención de Blanqueo de Capitales, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
El proyecto, según Alexander, logrará que Panamá pueda demostrar y asegurar el fiel cumplimiento de los estándares internacionales para mejorar su calificación ante la OCDE, e implementar elementos del Plan de Acción de GAFI de manera exitosa y eficiente, como paso necesario para ser excluidos de las listas discriminatorias.
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$5
millones será la multa máxima, si el Ejecutivo sanciona el proyecto de ley.
$100
mil diarios es la multa con la ley vigente.
