Penas de uno a tres años de prisión a quienes provoquen incendios de masa vegetal

Aquellas personas que infrinjan las normas de protección del medioambiente y provoquen incendios de masa vegetal, serán sancionados con penas de uno a tres años de prisión.

El Código Penal, en su artículo 407, señala que se sancionará de uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana a quien incendie masa vegetal.

La pena aumentará si se produce pérdida de la fertilidad o desecación del suelo, afecte una superficie mayor de cinco hectáreas y dañe significativamente la calidad de la vida vegetal.

 

También se acrecentará cuando se actúe para obtener beneficios económicos, se trate de áreas protegidas o de cuencas hidrográficas.

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No obstante, la norma establece que no constituye delito la quema controlada y autorizada por la autoridad competente.

 

El mayor Jorge Carreño, jefe nacional de Incendios de Masa Vegetal del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá (BCBRP) reveló que la mayor parte de los incendios de masa vegetal son provocados por la mano del hombre.

Manifestó que entre las principales causas de estos incendios están la utilización del fuego como herramienta de limpieza, ya sea para la expansión de terrenos agrícolas o de ganadería, para la cacería furtiva y para las quemas que se denominan controladas.

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Carreño indicó que la quema controlada o autorizada no se debe realizar cerca de poblados, de hospitales, escuelas, áreas residenciales, debajo de las líneas de transmisión eléctricas , en bosque maduro, en áreas protegidas, en lugares cercanos a lagos, ríos o quebradas.

Sólo en el mes de enero, el BCBRP atendió unos 415 incendios de masa vegetal en todo el país.

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Redacción | @nacion.pa@epasa.com | @panamaamerica
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Lunes 15 de junio de 2026